MADRID. LA CAM INVIERTE MAS DE 32 MILLONES DE EUROS EN FORMACION Y DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD PROFESIONAL

MADRID
SERVIMEDIA

La Consejería de Trabajo de la CAM invertirá más de 32 millones de euros en la financiación de la Orden de Ayudas para proyectos de Talleres de Empleo, Escuelas Taller y Casas de Oficios, con el objetivo de fomentar la creación de empleo estable y la mejora dela formación profesional, adaptándola a las exigencias del mercado de trabajo.

El desglose por anualidades será para Talleres de Empleo del año 2002 de 8.018.697,98 euros, de 8.168.295,60 euros para 2003, de 4.452.084 euros para 2002 y de 11.560.571,94 euros para 2003 para los Proyectos de Escuelas Taller y Casas de Oficios.

Los Talleres de Empleo tienen una duración mínima de 6 meses y máxima de 1 año. En el caso de que fuera inferior a un año se podrá prorrogar hasta el año completo. Los trabajdores que participan en los talleres de Empleo reciben desde el primer día un salario equivalente a una vez y media del salario mínimo interprofesional, alrededor de 751 (125.000 pesetas), utilizándose la modalidad contractual más adecuada de acuerdo con la ley.

La formación profesional ocupacional que reciben los alumnos trabajadores será la adecuada a la ocupación a desempeñar pero, además, todos tendrán módulos de alfabetización informática, de sensibilización ambiental, de prevención de riesgos laorales, así como de orientación y formación empresarial, obteniéndose al final del proyecto el correspondiente certificado que podrá ser convalidado por el certificado de profesionalidad correspondiente.

Estas ayudas van dirigidas a los entes promotores de los Talleres de Empleo y deben encontrarse entre los siguientes tipos de entidades: Entidades Locales de la Comunidad de Madrid y sus organismos autónomos, organismos de la Administración General del Estado y de la Comunidad de Madrid, Consorcios deámbito territorial madrileño y asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro. Todas ellas deben ser competentes para la ejecución de las correspondientes obras y servicios y tener capacidad técnica y de gestión.

La aportación económica de la Consejería de Trabajo para cada Taller de Empleo servirá para financiar los gastos derivados de los proyectos formativos y de los costes salariales de los alumnos trabajadores.

En concreto, se financian los costes de la formación profesional cupacional y educación complementaria que incluyen los del personal directivo, docente y de apoyo, medios didácticos, material escolar y de consumo, gastos de funcionamiento y otros que se consideren justificados.

El cálculo de la subvención se efectúa por hora/alumno trabajador y módulos y fases, todos ellos especificados en la citada orden de ayudas. Asimismo se sufragan los costes salariales derivados de los contratos de trabajo que se suscriban.

La valoración de los proyectos de los Talleres e Empleo por los gestores del Servicio Regional de Empleo se basa en criterios tales como el número de desempleados de 25 años o más existentesen su ámbito territorial, perspectivas de empleo del colectivo participante, actividades consideradas como nuevos yacimientos de empleo, calidad del proyecto, aportaciones de la entidad promotora y, en su caso, resultados anteriores de la entidad promotora.

La selección de los alumnos trabajadores, director, docentes y personal de apoyo se efectúa por un grup de trabajo mixto constituido a tal fin entre la entidad promotora y el Servicio Regional de Empleo. Los candidatos a ser alumnos trabajadores deberán ser, en todo caso, desempleados registrados en las Oficinas de Empleo de la Comunidad de Madrid.

En las Escuelas Taller, los alumnos reciben formación profesional ocupacional adecuada a la ocupación a desempeñar con derecho a percibir una beca. Durante la segunda etapa los alumnos trabajadores alternan la formación con el trabajo y la práctica profesionl y son contratados por las entidades promotoras. Además, tendrán acceso a las mismas áreas de formación general que en caso anterior.

Durante la primera etapa formativa, de seis meses, los alumnos que participan en estos programas tienen derecho a una beca diaria de 6,01 euros (1000 pesetas). Y durante la segunda etapa los alumnos trabajadores percibirán las retribuciones previstas en la normativa vigente, un 75% del salario mínimo. Además hay ayudas dirigidas a los entes promotores de las Escuelas Tller y Casas de Oficios.

(SERVIMEDIA)
30 Jul 2002
SGR