"LEY CORCUERA". EL PP RECLAMA LA PRESENCIA DEL SECRETARIO JUDICIAL EN TODOS LOS REGISTROS DOMICILIARIOS

MADRID
SERVIMEDIA

E Grupo Popular del Congreso ha presentando una proposición de ley orgánica para modificar la Ley de Enjuiciamiento Criminal con el fin de garantizar la presencia del secretario judicial en todos los registros domiciliarios.

Con esta iniciativa, los populares estiman que se puede acabar con la "situación de inseguridad jurídica" provocada por el artículo 21 de la Ley de Seguridad Ciudadana, conocido con el nombre de "patada en la puerta", que recientemente fue anulado por el Tribunal Constitucional.

El PP ha solicitado la modificación del artículo 569 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para que quede redactado así: "El registro se practicará siempre en presencia del secretario del juzgado o tribunal que lo hubiera autorizado, o del secretario del servicio de guardia que le sustituya, quien levantará acta del resultado, de la diligencia y de sus incidencias, y que será firmada por todos los asistentes, sin que en ningún caso quepa delegación o habilitación en otros funcionarios".

La normativa ctual permite que en los casos de registros domiciliarios, el secretario, con autorización del juez, pueda ser sustituido por un policía, que podrá extender el acta correspondiente, e incluso que el juez delegue en otro policía.

En la exposición de motivos de su propuesta, el PP considera que de no ser corregido el texto "sería un portillo abierto para soslayar, en fraude de ley, el reciente fallo el Tribunal Constitucional, por el que se declara la inconstitucionalidad del artículo 21.2 de la Ley Orgnica 1/1992, y se podrían seguir practicando las entradas y registros domiciliarios sin el control de los tribunales de justicia, en los que se integra el secretario".

El ponente del Grupo Popular, Manuel Arqueros, manifestó hoy en rueda de prensa que la reforma propugnada por su grupo permite restablecer las garantías propias de un Estado de Derecho y con ella se vuelve a la tradición jurídica española de que el secretario judicial sea garantía, a través de su fe pública, de las actuaciones policiale.

(SERVIMEDIA)
27 Dic 1993
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