LEY CATALAN. EL DEFENSOR DEL PUEBLO NO RECURRE ANTE EL CONSTITUCIONAL, PERO SUGIERE MODIFICACIONES

MADRID
SERVIMEDIA

El Defensor del Pueblo, Fernando Alvarez de Miranda, decidió hoy no recurrir ante el Tribunal Constitucioal la Ley de Política Lingüística de Cataluña, aunque recomendó al Parlamento catalán que modifique algunos artículos de la norma para eliminar situaciones injustas y perjudiciales.

Fernando Alvarez de Miranda basa su decisión en que no encuentra fundamentos jurídicos suficientes para sostener la inconstitucionalidad de la ley, ya que "de los preceptos impugnados se puede hacer interpretaciones que resultan adecuadas a la Constitución".

No obstante, el Defensor del Pueblo sugiere al presidente dela Generalitat, Jordi Pujol, que prepare un proyecto de ley, que tramitaría posteriormente el Parlamento de Cataluña, para modificar algunos de los artículos de la Ley del Catalán.

Alvarez de Miranda aconseja modificar los párrafos 1 y 3 del artículo 9 y el artículo 10.1 para fijar de manera más clara el principio de cooficialidad lingüística de una manera que resulte acorde a la Constitución y el Estatuto de Autonomía de Cataluña.

Propone también cambios en el artículo 15.5, para que cada particlar decida la lengua que quiere utilizar en los modelos impresos de pagarés, cheques, y otros documentos bancarios facilitados por entidades financieras.

Además, sugiere que las normas relativas a las empresas o establecimientos comerciales no sean de obligado cumplimiento, sino de fomento del catalán, y que la apreciación para su aplicación práctica en el día a día quede al "prudente criterio del titular de la empresa o establecimiento"

Alvarez de Miranda recomienda que en el desarrollo normativ de la Ley de Política Lingüística, o en la aplicación de la misma, no se adopten medidas que, de una u otra forma, presupongan la existencia de un deber general de conocimiento de la lengua catalana por parte de los ciudadanos residentes en Cataluña.

De igual manera, aconseja que todos los preceptos de la Ley del Catalán, así como la normativa llamada a desarrollarla, se interpreten en un sentido que no resulte excluyente de la lengua castellana, ni que tenga como consecuencia su abolición.

Finamente, el Defensor del Pueblo advierte que seguirá con particular interés el desarrollo normativo y la aplicación de la Ley del Catalán, para comprobar si la interpretación que se haga de sus preceptos resulta consitucionalmente correcta. En caso de que la aplicación de la ley derive en una interpretación de inconstitucionalidad, Alvarez de Miranda la recurrirá por la vía de amparo ante el Tribunal Constitucional.

(SERVIMEDIA)
08 Abr 1998
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