Elecciones 28-M

La Junta Electoral desestima los recursos de UP contra la cobertura informativa y los espacios gratuitos en TVE

MADRID
SERVIMEDIA

La Junta Electoral Central ha desestimado los recursos que Unidas Podemos presentó contra el plan de cobertura informativa de TVE para la campaña de las elecciones del día 28, en el que les reserva apenas un 1,89% del tiempo, y contra el reparto de espacios electorales gratuitos en la televisión pública, del que excluye a la candidatura de Podemos e Izquierda Unida.

Este viernes se publicaron los dos acuerdos que aprobó ayer la Junta Electoral Central, en los que básicamente dan la razón a TVE en ambas decisiones, con el voto particular en ambos casos de la vocal propuesta por UP María Esther del Campo, a la sazón decana de la Facultad de Ciencias Políticas de la Universidad Complutense, que considera que la razón asiste a los partidos recurrentes.

Respecto a los espacios gratuitos, la JEC entiende que UP "no acredita" ni "detalla" los cálculos según los cuales Podemos e IU se presentan el 28-M a municipios que aglutinan el 54,04% de la población; un porcentaje, ya superior al 50%, que les daría derecho a exhibir dichos spots electorales en TVE.

Tanto en este tema como en el de la representación que Unidas Podemos obtuvo en las pasadas elecciones municipales, del que se deriva el porcentaje de cobertura informativa al que tiene derecho, la JEC establece que "cada coalición es una entidad electoral diferente, sin que sea posible realizar la suma de los resultados o de las candidaturas de formaciones que se presentan diferenciadamente a las elecciones".

Por tanto, no suma los resultados obtenidos por separado allí donde Podemos e IU se presentaron como candidaturas distintas, ni tampoco admite que los que logró en 2019, entonces en coalición con Equo y otros 16 partidos, puedan atribuirse íntegramente a los dos primeros partidos. Es decir, rechaza las alegaciones que reclamaban un 4,80% del tiempo de cobertura informativa de la campaña.

La Junta Electoral constata que en los comicios del 28-M Podemos e IU han formado nueve tipos de coalición diferentes en distintos territorios de España, con nombres y socios no coincidentes y sentencia que cada una de ellas "es distinta e independiente de cualquier otra, de manera que no se pueden sumar los resultados que eventualmente puedan tener cada una de ellas, a efectos de calcular los derechos electorales que les corresponden".

"Si unas formaciones políticas deciden presentarse de forma conjunta en el territorio nacional, para poder considerar que se cumple el requisito previsto en el artículo 188 de la Loreg, deben formar una única coalición electoral, aunque tenga denominaciones diferentes en algunos de los municipios a los que se presenta, y formar parte de ella los mismos partidos políticos. Aquí no se da ni una ni otra cuestión, ni hay una sola coalición electoral ni los partidos políticos que las integran son los mismos", argumenta la JEC.

(SERVIMEDIA)
12 Mayo 2023
KRT/clc