Tribunales

El juez del ‘caso Zed’ archiva el delito de tráfico influencias a Pérez Dolset y Calvo-Sotelo

- También archiva este delito y el de falsedad en documento mercantil para el presidente de 'La Razón', Mauricio Casals

MADRID
SERVIMEDIA

El juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón ha acordado el sobreseimiento provisional del delito de tráfico de influencias para tres de los investigados por las presuntas irregularidades en las adjudicaciones al Grupo Zed, el empresario Javier Pérez Dolset, el exsecretario de Estado de Telecomunicaciones Víctor Calvo-Sotelo y el presidente de 'La Razón' Mauricio Casals. Para este último también se acuerda el sobreseimiento respecto del delito continuado de falsedad en documento mercantil.

En un auto, el juez explica que en el presente caso se investiga una pluralidad de conductas delictivas, si bien en el informe del Ministerio Fiscal se interesa el sobreseimiento parcial, en lo relativo a los delitos de tráfico de influencias y conexos que se investigan. Por ello, explica el instructor, su resolución se ceñirá a dicha petición y no hará alusión alguna a los delitos de administración desleal, fraude de subvenciones ni blanqueo de capitales entre otros ilícitos penales objeto de investigación en esta macrocausa.

Tras analizar los tipos penales y la jurisprudencia al respecto, el magistrado señala que de lo actuado no existen indicios suficientes como para atribuir tales hechos a los investigados. Es cierto, agrega, que existen una serie de correos electrónicos en los que se infiere que Calvo Sotelo informó al entonces ministro de Industria, José Manuel Soria, a propósito de la situación de los concursos públicos a los que se había presentado el Grupo Zed. Igualmente constan en la causa, apunta, comunicaciones con otras personas del Ministerio a propósito de estas cuestiones.

SIN INDICIOS

Para el juez, aparte de dichas comunicaciones no existen otros indicios del delito de tráfico de influencias. ”Ha de recordarse que José Manuel Soria no está investigado y que los restantes sujetos que aparecen en las comunicaciones eran, en todo caso, subordinados suyos”, advierte. El auto añade que, según el informe del fiscal, José Manuel Soria empleaba también, además de la oficial, su cuenta de correo electrónico particular (de Gmail) y que no se ha tenido acceso a tales comunicaciones.

“De ahí que se sostenga que, dado que se ha acreditado una relación directa de los investigados revestidos de funciones públicas relativos a las subvenciones, ni que los particulares influyeren en modo alguna en la resolución, deba proceder el sobreseimiento”, explica.

“No se ha acreditado, siquiera indiciariamente, la existencia de la influencia, ni que esta se haya ejercido sobre los funcionarios ni que haya dado como resultado el dictado de una resolución en el procedimiento de referencia”. Tampoco, según el juez, se aprecia el prevalimiento de dicha situación y en consecuencia no ha lugar a la participación de los particulares Casals y Pérez Dolset en el delito de tráfico de influencias, por lo que debe decretarse el sobreseimiento.

En cuanto al delito de falsedad documental respecto de Mauricio Casals, el magistrado señala que presentó la documentación relativa a la contratación del grupo Zed en cuya virtud había recibido los emolumentos consignados en cada documento mercantil.

“Se ha acreditado la prestación de los servicios facturados y no existen indicios de que se tratase de documentos falsos, tendentes a dar apariencia de licitud a la intercesión ante las autoridades y funcionarios públicos”, concluye el magistrado.

(SERVIMEDIA)
15 Feb 2022
SGR/clc