Tribunales
El juez del ‘caso Neurona’ deniega a Vox tomar declaración a 'Pollo' Carvajal
- Rechaza también el recurso de Podemos contra la prórroga de la investigación durante seis meses más
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
La Audiencia Provincial de Madrid ha rechazado el recurso de reforma presentado por Vox, que ejerce la acusación popular en el ‘caso Neurona’ sobre la presunta financiación ilegal de Podemos desde el Gobierno de Venezuela, y ha denegado la posibilidad de tomar declaración al jefe de los servicios de inteligencia venezolanos Hugo Armando ‘El Pollo’ Carvajal, que ofreció a la justicia española información sobre este caso para retrasar su entrega a Estados Unidos.
Además, la Sección 30 del citado órgano judicial desestima un segundo recurso presentado por Podemos y otros contra la decisión del juez de prorrogar por seis meses más la instrucción del procedimiento, por lo que la investigación continuará.
Al recurso presentado por Vox se adhirió la acusación particular de Celia Cánovas, de la Asociación de Juristas Europeos pro Lege, mientras que la Fiscalía y la representación legal de Juan Carlos Monedero, Daniel de Frutos Ramírez, Juan Manuel del Olmo y Podemos, se han opuesto al recurso.
Entiende la Audiencia Provincial que los hechos denunciados por ‘El Pollo' Carvajal e investigados por el Juzgado Central de Instrucción número 6 de la Audiencia Nacional sobre el ‘caso Neurona’ “es ajena a los hechos investigados en la presente causa” que ha quedado “reducida al posible delito electoral cometido por los administradores generales y de las candidaturas de Podemos y de las personas titulares de las cuentas electorales de dicha candidatura con ocasión de las elecciones generales de abril de 2019, y la posibilidad de la comisión de un delito de financiación ilegal por parte dicho partido político”.
La Sección 30 considera que el recurso de Vox se basa en informaciones periodísticas que no aportan evidencias suficientes y claras de la comisión de un ilícito penal, ni “principio de prueba que avale razonablemente su realidad, limitándose el querellante a afirmar su existencia, sin ningún apoyo objetivo atinente a los propios hechos”. Y, por tanto, rechaza la pretensión de Vox someter a alguien a “una investigación basada en la mera apariencia”.
Además, rechaza el recurso de Podemos contra la prórroga de la investigación porque la Ley de Enjuiciamiento Criminal asigna al instructor la facultad de decidir sobre la prórroga de la instrucción para logar la consecución de sus fines y destaca que la decisión del juez cuenta con la “motivación necesaria” para ordenar la prolongación de la investigación.
La Audiencia Provincial concluye que la decisión del instructor de prorrogar la investigación es “acertada” dado que hay “dos diligencias de investigación pendientes de practicar” y “habida cuenta la posibilidad de tener que ordenar nuevas diligencias de investigación que en otro caso no cabría acordar”.
(SERVIMEDIA)
19 Abr 2022
SGR/clc