IRPF. LOS ASESORES FISCALES PIDEN INTERVENIR EN LOS PROGRAMAS DE HACIENDA PARA EL IRPF, CON EL FIN DE EVITAR ERRORES
- Detectado en el programa PADRE un error a favor de Hacienda
- El presidente de la Asociación de Asesores Tributarios recuerda que se ha detectado más de un error en este programa
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El presidente de la Asociación Española de Asesores Financieros y Tributarios (AEAFT), Juan Carlos Para, ha declarado a Servimedia que los programas infomáticos de Hacienda para facilitar la realización de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) "deben ser comprobados por los profesionales".
Para hizo estas declaraciones en relación con el error detectado en el programa PADRE, que se refiere al plazo aplicado al pago de intereses de demora por parte de contribuyentes beneficiados por desgravaciones para las cuentas de ahorro-vivienda y que finalmente no adquirieron la casa.
Juan Carlos Para recordó a Servimedi que "no es el primer error que se detecta en el programa PADRE", por lo que señaló que es indispensable que los asesores tributarios comprueben este tipo de programas que elabora Hacienda.
El presidente de AEAFT argumentó que el fisco puede detectar los errores después de un plazo de tiempo, "cuando ya no hay remedio". El visto bueno por parte de los profesionales del sector "evitaría este tipo de disgustos", ya que están en permanente contacto con la casuistica más inmediata de las declaraciones de a renta.
En cualquier caso, Juan Carlos Paro recomendó consultar a un profesional a la hora de afrontar el impuesto sobre la renta, sobre todo en caso de que la declaración de ese año no sea la que se presenta habitualmente. "Incluso Hacienda comete fallos", concluyó.
ERROR
Según publica hoy "Cinco Días", el fallo detectado en el programa PADRE perjudica a aquellas personas que tengan que devolver las deducciones realizadas en otros ejercicios por haber suscrito una cuenta de ahorro-vivienda y ue no llegaron a comprar la casa.
El programa PADRE establece el pago de los intereses de demora a partir de la fecha en la que acabó la campaña del IRPF en la que se aplicaron las deducciones.
Esto era correcto hasta la campaña del año pasado, pero en la de éste se establece que el plazo en el que empieza a contar la devolución de intereses comience en la fecha en la que el contribuyente percibió las devoluciones de Hacienda.
Esta diferencia en el inicio del plazo para la devolución supone ue los contribuyentes que se vean en este caso y hayan realizado su declaración por el programa PADRE, tendrán que abonar intereses de demora de más por un promedio de unos seis o siete meses.
Las personas que se vean perjudicadas por este error pueden presentar un escrito al delegado provincial de la Agencia Tributaria y solicitar la devolución por la diferencia que hayan ingresado de más.
Sin embargo, estimaciones de Hacienda apuntan a que no habrá más de un centenar de contribuyentes perjudicaos por este error en la presente campaña del IRPF.
(SERVIMEDIA)
06 Jun 1996
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