IRPF. ABIERTO EL PLAZO PARA SOLICITAR LA DEVOLUCION RAPIDA PARA RENTAS INFERIORES A 3,5 MILLONES DE PESETAS ANUALES
- Percibir sus ingresos de un solo pagador. En caso contrario,el límite para acogerse a esta medida se reduce a 1.250.000 pesetas.
- Percibir rendimientos de capital mobiliario y ganancias patrimoniales inferiores a 250.000 pesetas anuales. Además, los contribuyentes no pueden beneficiarse de subvenciones superiores a las 50.000 pesetas anuales para la adquisición de viviendas protegidas.
- En caso de que el contribuyente disponga de una segunda vivienda, las rentas imputadas atribuidas a este segundo inmueble no pueden superar las 50.000 pesetas.
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La Agencia Tributaria abrió hoy el plazo para solicitar la devolución rápida del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), aplicabls a contribuyentes con rentas del trabajo anuales inferiores a los 3,5 millones de pesetas, según explicó, en rueda de prensa, el secretario de Estado de Hacienda, Juan Costa.
El plazo para presentar la solicitud se extiende desde hoy hasta el próximo 31 de marzo, mientras que las devoluciones comenzarán a ser tramitadas el 15 de marzo.
Aunque Hacienda se ha marcado como plazo legal para realizar los desembolsos hasta el 31 de mayo (fecha a partir de la cual los contribuyentes pueden pedir interees de demora), Costa se comprometió a finalizar el 30 de abril. Según sus cálculos, se devolverán unos 89.000 millones de pesetas.
Esta iniciativa, que exonera a unos 5 millones de contribuyentes de la obligación de presentar la declaración del IRPF en la campaña ordinaria que se desarrollará entre mayo y junio, tiene como finalidad acelerar las devoluciones y simplificar el proceso.
Los ciudadanos sólo tienen que presentar, por correo o ante las oficinas de la Agencia Tributaria, su solicitud, e la que debe adjuntar sus datos personales y su número de cuenta corriente bancaria para que Hacienda haga el ingreso.
La Agencia Tributaria, por su parte, realiza los cálculos sobre el importe de la devolución y se compromete a buscar la fórmula más ventajosa para el ciudadano, que no tiene que remitir información o documentación alguna.
Costa aseguró que, según sus previsiones, de los 5 millones de contribuyentes que no están obligados a hacer la declaración de la Renta, unos 2,7 millones de cidadanos tendrán derecho a estas devoluciones automáticas. Los 2,3 millones restantes o bien no tienen derecho a la devolución o les saldría a pagar cifras ligeramente positivas, de muy escasa cuantía.
REQUISITOS
Además de no percibir rentas del trabajo superiores a los 3,5 millones de pesetas anuales, los contribuyentes que se quieran beneficiar de este nuevo sistema de devolución rápida tienen que cumplir los siguientes requisitos:
- Percibir sus ingresos de un solo pagador. En caso contrario,el límite para acogerse a esta medida se reduce a 1.250.000 pesetas.
- Percibir rendimientos de capital mobiliario y ganancias patrimoniales inferiores a 250.000 pesetas anuales. Además, los contribuyentes no pueden beneficiarse de subvenciones superiores a las 50.000 pesetas anuales para la adquisición de viviendas protegidas.
- En caso de que el contribuyente disponga de una segunda vivienda, las rentas imputadas atribuidas a este segundo inmueble no pueden superar las 50.000 pesetas.
_ Lo beneficiarios de deduciones por la adquisición de vivienda o por aportaciones a planes de pensiones deberán realizar la declaración de la Renta habitual.
No obstante, el secretario de Estado precisó que los contribuyentes que, aun reuniendo todos estos requisitos, opten por hacer la declaración, como otros años, por las razones que fuere, pueden hacerlo sin problemas.
La Agencia Tributaria está remitiendo estos días 5 millones de cartas para informar a los ciudadanos sobre esta posibilidad. Adems, en los próximos días publicará 4,5 millones de encartes en la prensa.
Tanto las cartas como los encartes incluyen una solicitud y una carta franqueada para que los contribuyentes presenten su solicitud. Los modelos de solicitud también pueden conseguirse en la página de internet de la Agencia Tributaria (www.aeat.es).
Asimismo, desde hoy funciona el teléfono de información gratuito 901 200 345 y un servicio de cita previa para atender a los ciudadanos en las oficinas y delegaciones de Hacienda
El director de la Agencia Tributaria, Ignacio Ruiz Jarabo, afirmó que este nuevo procedimiento ha exigido una inversión de 800 millones de pesetas que se amortizará en los próximos años en medios materiales y humanos.
No obstante, Costa puntualizó que, a medio plazo, esta inversión supone "un ahorro para la Administración y el contribuyente", puesto que se reducirá notablemente el número de declarantes del IRPF, con el menor esfuerzo que esto representa.
(SERVIMEDIA)
01 Feb 2000
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