INMIGRACION. EL BOE PUBLICA LA APLICACION DEL CONVENIO DE READMISION ENTRE ESPAÑA Y GUINEA-BISSAU
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El Boletín Oficial del Estado publica hoy la aplicación provisional del acuerdo entre España y Guinea-Bissau para la readmisión de inmigrantes irregulares.
El convenio, que fue rubricdo en Madrid el pasado 7 de febero, regula en 23 artículos, entre otros aspectos, el procedimiento de readmisión de personas, la asistencia técnica al Gobierno de Guinea-Bissau en materia de inmigración, así como la garantía de los derechos humanos.
Este acuerdo recoge el compromiso de ambos gobiernos para admitir en su territorio, a solicitud de la otra parte, a cualquiera de sus nacionales que no tenga o haya dejado de tener derecho a entrar o residir en el territorio del otro estado firmante.
a nacionalidad se acreditará mediante la aportación de diversos documentos como certificados de nacionalidad, permiso de conducción, documentos de identidad oficiales, así como información inequívoca facilitada por las autoridades competentes.
Cuando no sea posible determinar la nacionalidad de la persona de que se trate, el convenio señala que las autoridades de uno de los países podrá pedir a los agentes diplomáticos y consulares del otro Estado que colaboren en la comprobación de la nacionalidad deesta persona.
El convenio también contempla que, en la medida en que deban comunicarse datos personales en aplicación de este texto, la información únicamente podrá referirse, entre otros, a los siguientes aspectos: datos de la persona que vaya a ser trasladada y, en caso necesario, de los miembros de su familia; pasaporte, tarjeta de identidad o de viaje y salvoconductos, y permisos de residencia o visados expedidos.
Los datos personales sólo podrán ser comunicados a las autoridades competentes e cada Gobierno, que garantizarán la protección de la información recibida según lo establecido en su legislación nacional.
Por otro lado, este convenio establece que España se compromete, en función de sus posibilidades, a asistir a Guinea-Bissau en asuntos como el intercambio mutuo de información entre las autoridades competentes sobre redes de tráfico de personas y sobre individuos implicados en las mismas, fomento de la cooperación para la reinserción de las personas repatriadas en ese país africao, asistencia técnica en materia de inmigración, organización de cursos de formación para personal consular y trato recíproco de nacionales.
Además, ambos gobiernos se comprometen a informar a la embajada correspondiente de la detención de un nacional por infracción de las normas sobre inmigración y a permitir el libre acceso de su personal para visitar, tratar en privado y asistir a las personas bajo custodia.
En las repatriaciones de inmigrantes ilegales, se permitirá que el personal acreditadocompruebe su nacionalidad e informe al repatriado sobre su situación.
(SERVIMEDIA)
27 Mar 2003
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