EL GOBIERNO "NO TIENE INTENCION" DE PEDIR QUE ARIEL SHARON SEA JUZGADO POR CRIMENES CONTRA LA HUMANIDAD

MADRID
SERVIMEDIA

El Gobierno español "no tiene la intención" de promover las acciones pertinentes para que el primer ministro israelí Ariel Sharon sea juzgado ante los tribunales internacionales por crímenes contra la humanidad.

Así lo confirma el Ejecutivo en una respuesta parlamenaria, a la que tuvo acceso Servimedia, en la que niega que tenga previsto iniciar por sí mismo este proceso o instar a la Unión Europea a que lo haga.

No obstante, asegura que el Ejecutivo español, junto con el resto de los socios de la Unión, "seguirá esforzándose" por facilitar, "desde la serenidad, un arreglo político de fondo en la región que preserve la convivencia en paz entre israelíes y palestinos, y el pleno respeto de los derechos humanos de todos sin excepción".

Para responder a la cuetión planteada por el diputado de Izquierda Unida Francisco Frutos, el Gobierno explica que Sharon no puede ser juzgado ante el Tribunal Internacional de la Haya, pues éste no lleva denuncias contra particulares, sino solamente contra Estados.

En cuanto a la Corte Penal Internacional, que entró en funcionamiento el 1 de julio de 2002, recalcó que su competencia se limita a los crímenes cometidos después de esta fecha, por lo que "no cabe la denuncia de hechos cometidos con anterioridad".

Además, ecuerda que Israel anunció el pasado mes de junio que no tenía intención de ratificar el Estatuto de Roma por el que se creó esta Corte Penal, por lo que ésta no puede actuar por crímenes cometidos en este Estado a menos que haga una declaración "ad hoc" aceptando la competencia de este tribunal, algo que "no parece probable".

Sí podrían ser juzgados, añade el Ejecutivo, aquellos crímenes "eventualmente cometidos por ciudadanos de Israel en el territorio de un Estado" parte del Estatuto de Roma, siempe que se cumplieran el resto de los requisitos previstos en este acuerdo.

En cuanto a quién tiene competencia para solicitar el enjuiciamiento, apunta que un Estado parte o el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas pueden remitir al fiscal información sobre una situación en la que consideren que se han cometido crímenes que han de ser juzgados por esta Corte.

Añade que la Unión Europea sólo puede instar el inicio de este proceso si los 15 Estados miembros se ponen de acuerdo para ello, o si,a través de su Presidencia, traslada a la Fiscalía las informaciones de las que disponga para que éste inicie de oficio la investigación.

(SERVIMEDIA)
25 Nov 2002
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