EL GOBIERNO AUTORIZA EL SEGUNDO REGISTRO CANARIO DE BUQUES, ADELANTANDOSE A LA LEY DE PUERTOS Y MARINA MERCANTE
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
La Drección General de Marina Mercante emitió hoy una circular a todas las comandancias y organismos de administración marítima por lA que autoriza la inscripción de buques mercantes en el Registro Especial de Canarias, con sede en Santa Cruz de Tenerife y Las Palmas.
La orden de las autoridades marítimas recoge la posibilidad de que se emprenda de inmediato la inscripción de buques en dicho registro, con el fín de que puedan acogerse a los beneficios fiscales y sociales que conlleva para las empresas proietarias de los barcos.
La medida se adelanta así a la aporbación de la ley de Puertos y Marina Mercante, cuya aprobación estaba prevista para el primer semestre de 1993, y otorga a las compañía la posibilidad de hacer ya efectivos los incentivos que conlleva la inscripción de buques en Canarias.
Este segundo registro español de buques será válido para todos los mercantes que realicen exclusivamente navegación exterior o extranacional y aquellas embarcaciones de países de la CE con una antigüedaden esos estados de al menos seis meses.
Cualquier compañía naviera española podrá acceder al nuevo registro, así como las extranjeras que cuenten con una oficina de representación legal permanente en Canarias, mediante escritura pública.
Entre las atractivas condiciones que conlleva el nuevo registro para las empresas del sector está la posibilidad de contratar la mitad de las tripulaciones con personal extracomunitario y la otra mitad con trabajadores nacionales o de la CE. Sólo podrá superarse ste límite por causas justifucadas y previa autorización del Gobierno español.
Además, las sociedades explotadoras de los buques podrán gozar de exenciones fiscales, mediante la rebaja de la cuota líquida en los impuestos a los que está sujeta la sociedad, y reducciones significativas de las cotizaciones a la Seguridad Social.
(SERVIMEDIA)
18 Ene 1993
G