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El Gobierno aprueba un real decreto para facilitar la implantación de 100.000 puntos de recarga antes de finales de 2023

MADRID
SERVIMEDIA

La vicepresidenta tercera y ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Teresa Ribera, anunció este martes que el Gobierno ha aprobado un real decreto que pretende facilitar el cumplimiento del objetivo de que España haya instalado 100.000 puntos de recarga para vehículos eléctricos antes de que concluya 2023.

Así lo destacó Ribera en la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Ministros, donde destacó que la implantación de puntos de recarga es “una pieza fundamental para el desarrollo de la movilidad eléctrica”.

A este respecto, señaló que las medidas incluidas en este decreto se suman a las ayudas de los planes Moves, tanto para la adquisición de vehículos como para la instalación de puntos de recarga.

“Se trata de consolidar la fiabilidad de las infraestructuras de recarga”, explicó Ribera, quien indicó que para ello el decreto incluye obligaciones para los instaladores de puntos de recarga en la vía pública.

Con ello, el objetivo del ejecutivo es elaborar un mapa oficial de puntos de recarga con información sobre el precio y la disponibilidad de energía de cada uno de ellos en todo momento.

El decreto define las dos figuras jurídicas que pueden participar en la actividad de recarga: el Operador del Punto de Recarga, titular de los derechos de explotación de las estaciones de recarga y responsable de su operación física, y la Empresa Proveedora de Servicios para la Movilidad Eléctrica, un intermediario entre los operadores y los usuarios de vehículos eléctricos, que puede prestar servicios de valor añadido a dichos usuarios.

La normativa únicamente afecta a los puntos de recarga de acceso público -no a los puntos de particulares o de empresas para sus flotas- y establece los derechos y las obligaciones de los operadores y de los proveedores de servicios para facilitar las recargas y reforzar la protección de los usuarios.

Por ejemplo, ambos actores deben informar sobre el origen de la energía eléctrica suministrada; deben disponer de un servicio de atención al cliente para recoger quejas, reclamaciones o incidencias del servicio, y deben preservar el carácter confidencial de la información de la que tengan conocimiento en el desempeño de su actividad.

Los operadores, en tanto que responsables de la operación física de los puntos de recarga, garantizarán el cumplimiento de la normativa de calidad, seguridad industrial y metrología que resulte de aplicación.

Asimismo, el real decreto refuerza la obligatoriedad de la recarga puntual en estaciones de acceso público, sin que puedan establecerse barreras de naturaleza técnica o contractual, garantizando el acceso de todos los usuarios de vehículos eléctricos a la recarga y reduciendo la denominada “ansiedad de autonomía”.

(SERVIMEDIA)
08 Mar 2022
JBM/gja