EL GOBIERNO APRUEBA LA CREACION DE DOS NUEVAS UNIVERSIDADES PRIVADAS EN MADRID
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El Consejo de Minstros aprobó hoy dos proyectos de ley para la creación de sendas universidades privadas, denominadas "Universidad Europea de Madrid" y "Antonio de Nebrija", ambas ubicadas en la Comunidad de Madrid.
Estos dos proyectos de ley se remitirán, de acuerdo con el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, a las Cortes Generales para su tramitación parlamentaria.
Una vez promulgadas ambas leyes, y previa comprobación de que se han cumplido los compromisos adquiridos por la entidad titular, se concedrá la autorización para la puesta en marcha de ambas universidades y se homologarán los títulos oficiales que expidan.
La creación de universidades, públicas y privadas, es un derecho reconocido en la Constitución española y en la Ley de Reforma Universitaria (LRU), donde se expone que la actividad de la universidad se fundamenta en la libertad académica y se manifiesta en las libertades de cátedra, de investigación y de estudio.
Actualmente existen en nuestro país tres universidades privadas, "Rmón Llull", "San Pablo-CEU" y "Alfonso X El Sabio", a las que se sumarán los dos nuevos centros: "Universidad Europea de Madrid" y "Antonio de Nebrija".
La denominada "Universidad Europea de Madrid" se crea a partir del actual Centro de Estudios Superiores (CEES) y tendrá su campus en la localidad madrileña de Villaviciosa de Odón. Esta universidad contará inicialmente con 8 facultades y tres escuelas superiores e impartirá, en tres fases, un total de 21 titulaciones.
La Universidad "Antonio de Nbrija" tendrá dos campus, uno en la localidad de Hoyo de Manzanares, también en la Comunidad de Madrid, y otro en la Dehesa de la Villa, en la capital. Este centro privado tendrá cuatro facultades y una escuela técnica superior e impartirá 14 titulaciones.
GARANTIAS PARA LOS ALUMNOS
Los alumnos que deseen cursar sus estudios en las universidades privadas deberán superar las pruebas de aptitud para el acceso a la Universidad, la denominada Selectividad.
Por otra parte, las universidades privadasdeberán mantenerse en funcionamiento, al menos, durante el período de tiempo que permita finalizar sus estudios a los alumnos que, con un aprovechamiento académico normal, los hubieran iniciado en ella.
Además, estos centros no deberán establecer normas en el acceso y permanencia de los alumnos que supongan discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición personal o social.
(SERVIMEDIA)
31 Mar 1995
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