EL GOBIERNO APRUEBA AYUDAS PARA LOS AFECTADOS POR LAS INUNDACIONES DE TENERIFE
- Concederá 15.000 euros a los familiares de cada uno de los fallecidos
- Se establece un régimen de ayudas para daños en viviendas que podrá llegar hasta 27.500 euros
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El Consejo de Ministros aprobó hoy un régimen espeial de ayudas por daños personales y materiales para los damnificados por el temporal del pasado fin de semana en la isla de Tenerife, que provocó el fallecimiento de siete personas y cuantiosos daños materiales, fundamentalmente en la capital de la isla, Santa Cruz de Tenerife.
Entre otros aspectos, el régimen especial contempla ayudas de 15.000 euros para los familiares de los fallecidos y para aquellas personas que, a consecuencia de las riadas, hayan quedado en una situación de incapacidad absolut permanente.
Asimismo, se prevé abonar los gastos de hospitalización a las personas afectadas, en el que caso de que éstas no cuenten con ningún sistema público o privado que sufrague la misma.
Las medidas extraordinarias aprobadas hoy por el Gobierno incluyen también ayudas para compensar daños en viviendas, que podrán llegar hasta los 27.500 euros. Todas estas ayudas se concederán en colaboración con el Gobierno canario, el Cabildo de Tenerife y los ayuntamientos de Santa Cruz de Tenerife y de an Cristóbal de la Laguna, las dos localidades más afectadas por las fuertes lluvias.
EXENCION DE IMPUESTOS
El real decreto aborda también otros aspectos con la finalidad de contribuir al restablecimiento de la normalidad. Entre ellos destacan la exención en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles de naturaleza urbana para viviendas y establecimientos que se hayan visto dañados y obligados a trasladarse.
El Gobierno otorgará también una reducción de mil euros en la cuota del Impuesto Especial sobre eterminados Medios de Transportes cuando se adquieran vehículos nuevos o usados para sustituir a los que hayan resultado siniestrados.
Se concede además una reducción, proporcional al tiempo de paralización de la actividad, en el Impuesto sobre Actividades Económicas para el año 2002 a aquellas industrias, establecimientos mercantiles y profesionales cuyos locales de negocio se hayan visto seriamente afectados.
Otras medidas con las exenciones y moratorias en el pago de las cuotas de la SeguridadSocial a aquellas empresas que hayan tenido que paralizar su actividad.
El real decreto contempla también otorgar ayudas en relación con vehículos siniestrados, con un límite de 9.000 euros para automóviles y 3.600 para motocicletas y ciclomotores, así como poner en marcha líneas de crédito preferenciales, a través del ICO, para la reparación o reposición de instalaciones industriales y mercantiles, vehículos y locales de trabajo inutilizados. Esta línea de crédito tendrá una cuantía de 18 millones deeuros.
Asimismo, se declaran inhábiles los días comprendidos entre el 1 y el 6 de abril -las jornadas posteriores a las riadas- a efectos civiles, notariales, mercantiles, administrativos, judiciales y registrales.
Por último, se prevé que el Ministerio de Fomento pueda convenir con la Comunidad Autónoma de Canarias la financiación, al 50%, de la construcción de viviendas de protección oficial destinadas a ubicar a propietarios de pisos situados en zonas de alto riesgo.
(SERVIMEDIA)
05 Abr 2002
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