Laboral
El Gobierno aprueba agilizar el procedimiento sancionador y el funcionamiento de la Inspección de Trabajo
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El Consejo de Ministros aprobó este martes un real decreto que agilizará y simplificará el procedimiento sancionador de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, con el fin de posibilitar que este organismo y las comunidades autónomas tramiten el procedimiento sancionador en el orden social en un entorno tecnológico compartido e integrado.
Para ello, se permitirá que ambas administraciones se adhieran a plataformas o aplicaciones informáticas diseñadas para ese fin, según informó el Ministerio de Trabajo y Economía Social.
El departamento dirigido por Yolanda Díaz reconoció que, hasta la fecha, la intervención de diferentes administraciones a la hora de confirmar las actas de la Inspección en materia laboral o de seguridad y salud en el trabajo “ralentizaba” su tramitación. En cambio, señaló que “con esta medida se consigue una gestión más eficiente, ágil e interconectada a la hora de gestionar las sanciones”.
Asimismo, se creará un Registro Electrónico de Apoderamientos de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social que facilitará en un soporte tecnológico común la relación con el ciudadano o el sujeto inspeccionado.
El real decreto aprobado hoy modifica el reglamento general sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones de orden social y para los expedientes liquidatorios de cuotas de la Seguridad Social aprobado en el Real Decreto 928/1988, del 14 de mayo, así como el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 138/2000, de 4 de febrero, en materia de administración electrónica.
“El uso eficiente de la tecnología permitirá una planificación más certera de la actividad inspectora a la vez que posibilitará reducir los tiempos y las gestiones administrativas en beneficio de la defensa de los derechos de las personas trabajadoras y la leal competencia entre las empresas”, concluyó Trabajo.
(SERVIMEDIA)
05 Dic 2023
DMM/clc