EL GOBIERNO APROBO HOY EL PLAN RECTOR DE USO Y GESTION DEL PARQUE NACIONAL DE ORDESA Y MONTE PERDIDO
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El Consejo de Ministros aprobó, en su reunión de hoy, el Plan Rector de Uso y Gestión (PUG) del Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido, un espacio enclavado en la Comunidad Autónoma de Aragón con una extensión de 15.068 hectáreas.
Este plan establece medidas para proteger la integridad del conjunto de los ecosistemas del Parque, basadas en su interés estético, educativo, científico, cultural, turístico y socioeconómico.
Asimismo, regula las actividades ganaderas tradicionales, ordena el uso público del mismo, define la utilización de las infraestructuras en el interior del Parquey determina aquéllas necesarias para la gestión.
El Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido recoge una nueva composición del Patronato del Parque, adecuando su estructura a las circunstancias político-administrativas actuales.
La gestión del Parque tendrá como objetivo la conservación sobre cualquier actividad, la restauración de suelos erosionados, la recuperación de formaciones vegetales características de la zona, la eliminación de formaciones de especies exóicas, la protección de especies amenazadas y medidas de prevención contra incendios forestales.
Durante el periodo de vigencia del Plan, cuatro años, se realizarán planes para proteger el bucardo y el quebrantahuesos, así como las poblaciones de jabalí y sarrio.
ZONAS
El territorio del Parque se divide en 4 clases de zonas, para compatibilizar la protección y conservación de sus recursos con su uso y disfrute público.
Las zonas de reserva, excluidas del uso público, con una superficie de 70 hectáreas, tienen como objetivo preservar áreas o recursos únicos, frágiles, raros o amenazados. Estas zonas comprende: Umbría de Ordesa, Glaciar de Monte Perdido, Glaciar de Soum de Ramond y la Gruta helada de Casteret.
Las zonas de uso restringido abarcan 14.817 hectáreas para posibilitar el contacto con la naturaleza en espacios poco o nada intervenidos por el hombre. Su acceso será regulado por la administración gestora del Parque, y el tránsito público sólo podrá hacerse a pie por los lugares sñalizados al efecto. Estas zonas ocupan toda la extensión del Parque, que no están comprendidas en las otras clases.
Las zonas de uso moderado, con una superficie de 11 hectáreas pretenden posibilitar actividades de interpretación y disfrute público, y en ellas pueden ubicarse pequeñas construcciones o elementos de interpretación. Se consideran zonas de uso moderado, la Pradera de Ordesa, las pistas de Lalarri, La Valle y Plana Canal, y la zona adyacentes al Refugio de Góriz.
Las zonas de uso espcial, con 8,86 hectáreas, son áreas donde se ubican los edificios destinados al uso público y a los servicios de gestión del Parque. También se incluyen las carreteras y otras infraestructuras. Se definen como zonas de uso especial el núcleo edificado de la Pradera de Ordesa, el aparcamiento de Ordesa, el aula de la naturaleza del Valle de Ordesa y anejos, el centro de visitantes del mundo Valle y anejos, el refugio de Góriz y helipuerto, las carreteras y pistas y otras infraestructuras.
(SERVIMEDIA)
17 Ene 1995
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