Cultura

El Gobierno acuerda reducir los tipos de retención a cuenta del IRPF para los artistas

Madrid
SERVIMEDIA

El ministro de Cultura y Deporte, Miquel Iceta, anunció este miércoles que se ha decidido reducir los tipos de retención a cuenta del IRPF para los artistas, del 15% al 7% en casos de rendimientos inferiores a 15.000 euros anuales, y del 15% al 2% para los contratos artísticos de duración inferior a un año.

Lo dijo en la rueda de prensa posterior a la quinta reunión de la Comisión Interministerial para la elaboración del Estatuto del Artista que copresidió con la ministra de Hacienda y Función Pública, María Jesús Montero, y que tuvo lugar en la sede del Ministerio de Cultura y Deporte.

Iceta confirmó la decisión de reducir los tipos de retención a cuenta del IRPF para los artistas, en casos de rendimientos inferiores a 15.000 euros anuales, del 15% al 7%, lo que se aplicará tanto para rendimientos de trabajo como para rendimientos de actividad profesional, incluidos los anticipos por derechos de autor.

A su vez, avanzó la reducción de tipo de retención del IRPF para los contratos artísticos de duración inferior a un año, que pasa del 15% al 2%, una medida que, según Iceta, responde a las reivindicaciones del sector de los figurantes.

Del mismo modo, explicó que se ha dado cuenta del proceso de actualización de los epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas (IAE), revisándose, por un lado, los encuadres de las distintas actividades culturales en los epígrafes ya existentes, mejorando las definiciones de algunos de ellos; y, por otro lado, decidiéndose la creación de algunos epígrafes nuevos en atención a su especificidad, como en el caso de los escritores, los compositores musicales o los guionistas.

Por su parte, subrayó que han comenzado su actividad los grupos de trabajo del estudio y debate de una propuesta para adaptar el sistema de prestación por desempleo a las especificidades de la actividad de los artistas.

También comenzó el estudio y debate de una propuesta para adaptar el sistema de cotizaciones del régimen de autónomos a las especificidades de la actividad de los autónomos culturales.

La intermitencia de muchos profesionales de la cultura no es tanto de actividad, sino de ingresos. Es habitual que estos profesionales alternen períodos de alta y de baja en el régimen de autónomos, para evitar el pago de las cotizaciones cuando no obtienen ingresos y no pueden hacer frente a los mismos. De esta manera, no pueden construir una vida laboral suficiente para tener derecho a prestaciones dignas de la Seguridad Social, estando condenados a la precariedad. La medida pretende adaptar el sistema de cotización al RETA de este sector, para paliar este problema.

Por último, Iceta comentó que han concluido los trabajos para disponer de un borrador de texto normativo que recoge el acuerdo ya alcanzado con el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones para actualizar y completar la normativa de 2019 que regula la compatibilidad de las pensiones de jubilación con el ejercicio de la actividad artística y la percepción de derechos de propiedad intelectual.

Cabe recordar que desde 2019 sólo se contemplaba la compatibilidad de la pensión de jubilación con los derechos de propiedad intelectual. Fruto de los trabajos de la Comisión Interministerial del Estatuto del Artista, antes de fin de año se publicará la norma que también extiende la compatibilidad a los perceptores de pensiones no contributivas con un tope máximo, alcanzando la medida a los sectores más vulnerables.

(SERVIMEDIA)
21 Sep 2022
MST/pai