ETA

GARZÓN PROHÍBE LOS ACTOS DE APOYO A LOS PRESOS PORQUE TIENEN "CLARA INTENCIÓN" DE "ENALTECER" A LA BANDA

MADRID
SERVIMEDIA

El fundamento jurídico "único" que esgrime el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón para prohibir tres actos de apoyo a los presos de la banda terrorista ETA convocados por particulares para los próximos días es que se convocan "con la clara intención de apoyar y enaltecer a la organización terrorista y sus miembros", según el auto emitido hoy.

Además, el juez considera que "el contenido real de los actos convocados por personas individuales, Mª Begoña Cartón Barandiarán, Mª Paz Casanova Yurrita y Pedro Mª Illareta Peñagaricano, enmascaran actos que emulan a los ya convocados por el autodenominado Movimiento Pro Amnistía, sucedáneo de Askatasuna", asociación ilegalizada en 2008 "por ser parte del entramado terrorista de ETA".

Por todo ello, Garzón estima que estos actos "no pueden autorizarse ni consentirse, al ostentar la categoría de actos ilícitos".

A continuación, critica que a los presos de ETA se les catalogue "eufemísticamente" de "presos políticos", cuando "en realidad se trata de personas condenadas o en prisión por delitos relacionados con el terrorismo y la organización terrorista ETA".

Los tres actos prohibidos, cuya convocatoria se anunciaba en la página web www.askatu.org y que fue notificada al juzgado por la Guardia Civil y la Ertzaintza, se anunciaban bajo los siguientes lemas: "Queremos a los presos y refugiados en casa", "Los presos vascos que están enfermos y los que han cumplido las tres cuartas partes a casa ahora" y "Los presos a casa. Juan Rego en estado grave. Txomin Troitiño secuestrado. Libertad ahora".

De acuerdo con el auto de Garzón, estos eventos "no tienen cobertura legal, en tanto que la propia convocatoria y algunos actos que la integran pueden ser delictivos y, por ello, deberán de adoptarse todas las medidas para prevenir la comisión de delitos" que serían "incardinables en el ámbito de aplicación del art. 578 del Código Penal".

Por tanto, el juez resuelve "cursar idéntica comunicación a los tres cuerpos policiales con competencia en Guipúzcoa, para que adopten las medidas necesarias para evitar la comisión del delito de enaltecimiento del terrorismo y, en su caso, procedan a confeccionar los correspondientes atestados por la ejecución del mismo o de otros delitos".

(SERVIMEDIA)
13 Ago 2009
CLC