Tribunales
García Castellón mantiene en libertad con cautelares a los exjefes de ETA ‘Mikel Antza’ y ‘Ramontxu’
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El juez de la Audiencia Nacional (AN) Manuel García Castellón ha rechazado la petición de prisión provisional formulada por las asociaciones de víctimas del terrorismo respecto de los exjefes de ETA Mikel Albisu, ‘Mikel Antza’, y Ramón Sagarzazu, ‘Ramontxu’, por el atentado de Santa Pola cometido por la banda terrorista en agosto de 2002 y ha acordado mantener a ambos en libertad, si bien les ha impuesto medidas cautelares.
En concreto, tras tomarles declaración, el magistrado ha acordado imponer a ‘Mikel Antza’ la obligación de comparecer cada mes ante el Juzgado Central de Instrucción número seis o ante el más próximo a su domicilio, la prohibición de salida del territorio con entrega de pasaporte, así como la designación de un domicilio a efectos de notificaciones. Respecto del otro investigado, Ramón Sagarzazu, el instructor le conmina a designar un domicilio donde pueda ser emplazado.
En sendas resoluciones, el magistrado considera que en este caso no se dan los requisitos necesarios para la imposición de la medida de prisión provisional, como son el riesgo de fuga, la reiteración delictiva, la destrucción de pruebas o la posibilidad de que el encausado pueda actuar contra bienes de las víctimas.
SIN RIESGO DE FUGA
Según el titular del Juzgado Central de Instrucción número 6, no concurre riesgo de fuga toda vez que el investigado se encuentra localizado, posee arraigo en España y no se infiere que vaya a evadirse de la acción de la justicia en la presente causa.
En relación con la ocultación o destrucción de pruebas, señala que han transcurrido más de 20 años desde la comisión de los hechos que se investigan, “por lo que, prima facie, no resulta dable afirmar que se puedan destruir tales medios de prueba, ya que no existe una inmediatez entre la comisión delictiva y esta instrucción”.
El magistrado se refiere también reiteración delictiva y explica que se debe tomar en consideración que en la actualidad no existe dicho riesgo, “ante la disolución de la organización terrorista ETA y el cese en sus actividades criminales. Por ende, no cabe atender a la gravedad de los hechos que se pudieran cometer en el seno de la organización terrorista”.
No obstante lo anterior, el juez considera necesario imponer medidas cautelares a los investigados ante la gravedad de los delitos que se le atribuyen (integración en organización criminal y asesinato terrorista) y las elevadas penas de prisión con que están castigados.
El pasado mes de julio García Castellón acordó citar como investigados a ‘Mikel Antza’, a Ramón Sagarzazu y a otros cuatro exjefes de ETA y miembros del Comité Ejecutivo de ETA por el atentado cometido el 4 de agosto de 2002 con coche-bomba en la casa cuartel de la Guardia Civil de santa Pola (Alicante) en el que murieron un hombre y una menor de edad.
(SERVIMEDIA)
03 Oct 2022
SGR/gja