LA FISCALÍA DEFIENDE EL ARCHIVO DE LA QUERELLA DE MANJÓN CONTRA JIMÉNEZ LOSANTOS Y CÉSAR VIDAL
- Les acusó de humillar a las víctimas del terrorismo
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La Fiscalía de la Audiencia Nacional defendió hoy el archivo de la querella interpuesta por la presidenta de la Asociación 11-M Afectados del Terrorismo, Pilar Manjón, contra los periodistas de la COPE César Vidal y Federico Jiménez Losantos, a quienes acusó de humillar y menospreciar a las víctimas del terrorismo.
Manjón recurrió la decisión del juez de la Audiencia Nacional Ismael Moreno, quien el pasado 20 de mayo decidió no admitir a trámite su querella contra los locutores de la COPE. El Ministerio Público respaldó hoy la postura del magistrado ante el Juzgado Central de lo Penal, órgano encargado de decidir sobre el recurso de Manjón.
La presidenta de la Asociación 11-M Afectados del Terrorismo presentó el pasado 23 de abril ante la Audiencia Nacional una querella por los insultos y descalificaciones que dijo haber recibido por parte de Jiménez Losantos y Vidal, a los que acusó de un delito de enaltecimiento del terrorismo y humillación a las víctimas, ya que la figura en solitario de menosprecio a las víctimas no existe en el Código Penal español.
En la citada querella, Manjón destacaba que en el programa "La Linterna" del pasado 11 de marzo, coincidiendo con el cuarto aniversario de los atentados de Madrid, Vidal llegó a afirmar que la única finalidad de Manjón "no es la búsqueda de la verdad sobre la muerte de su hijo, sino sentar en el banquillo a Aznar".
Por su parte, Jiménez Losantos, en su programa "La Mañana" emitido el 12 de marzo, dijo: "se inventaron a esta mujer para montar un número sentimental, para obtener una basura de instrucción y una basura de sentencia en la cual no se ha averiguado nada de lo sucedido en los atentados".
En la vista de recurso celebrada hoy, la Fiscalía sostuvo que para acusar a alguien de apología y menosprecio a las víctimas, ésta tiene que tener algún tipo de afinidad con organizaciones terroristas, al que, a su entender, no sucede en el caso de Jiménez Losantos y Vidal.
Además, la Fiscalía considera que "ni por el contexto, ni por el contenido, ni por las circunstancias, ni por los fines perseguidos se puede sostener que nos encontremos en presencia de un delito de menosprecio o humillación de las víctimas de actos terroristas".
Por el contrario, los abogados de Manjón defendieron la idea de que el artículo 578 del Código Penal, que recoge el citado delito, hace "una defensa integral de las víctimas del terrorismo", independientemente de que quien incurra en él tenga o no afinidad con organizaciones terroristas.
(SERVIMEDIA)
19 Jun 2008
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