FILESA.EL FISCAL RECURRE LA DECISION DE BACIGALUPO DE JUZGAR SOLO A 7 INCULPADOS Y PIDE APERTURA DE JUICIO PARA LOS 23 QUE ACUSO
-Considera que los inculpados incurrieron en diversos delitos y no sólo en delito fiscal y electoral, como apreci Bacigalupo
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El fiscal del 'caso Filesa', Antonio Salinas, presentó hoy un recurso de apelación contra el auto dictado el pasado 22 de diciembre por el instructor de la causa, Enrique Bacigalupo, en el que acordó abrir juicio oral sólo a 7 de los 23 inculpados contra los que el representante del ministerio público había formulado acusaciones, decretando el sobreseimiento libre respecto a los restantes acusados.
En su recurso, de 60 páginas, el fiscal insiste en que debn sentarse en el banquillo esas 23 personas, entre ellas el ex responsable de Finanzas del PSOE Guillermo Galeote, la ex coordinadora de Finanzas socialista Aida Alvarez, el presidente de CEPSA Alfonso Escámez y el ex directivo del BBV José Antonio Sáez de Azcúnaga, a los que el juez exculpó en su auto.
Asímismo, considera que los inculpados no sólo incurrieron en delitos fiscales y electorales, tal como estimó el instructor en su resolución, sino que también cometieron otro tipo de delitos, como asocación ilícita y falsedad en documento mercantil, que ya apreció en el escrito de acusación que elevó el pasado 4 de octubre y que éste desestimó.
En su auto, el juez Bacigalupo consideró que sólo había elementos para juzgar por delitos fiscales y electorales al senador socialista Josep María Sala, al diputado del PSOE Carlos Navarro, a los ex administradores de Filesa Luis Oliveró y Alberto Flores, al socio fundador de Time Export Carlos Ponsa, al ex consejero delegado de El Viso Publicidad Iñigo Larrzabal y al que fuera interventor del PSOE en las elecciones de 1989, Ramón Moreda Luna.
Sin embargo, el fiscal expresa en su recurso "su discrepancia jurídica con los sobreseimentos acordados", que estima improcedentes, y pide a la Sala Segunda del Tribunal Supremo que recobre "plena virtualidad el escrito de acusación del ministerio fiscal con la extensión, alcance y contenido con que fue formulado". En él, solicitó un total de 8 años de cárcel para Galeote, 7 para Sala y 24 para Navarro, entre otros
INCOHERENTE
Así, comienza el escrito calificando de "incoherente" el auto de apertura de juicio oral de Bacigalupo, dado que considera como no delictivas algunas de las conductas que su antecesor, el juez Marino Barbero, apreció como tal en el último auto que dictó el pasado mes de mayo, transformando la causa en procedimiento abreviado, "cuando ambas resoluciones sólo pueden tener un único apoyo fáctico".
Agrega que el auto recurrido puede suponer "un exceso en las funciones de valoración atrbuídas al instructor por la ley con merma de las correspondientes a la sala sentenciadora" y recuerda que la Fiscalía General del Estado consideró en una circular "poco razonable" que un juez que estime que existen indicios para pasar a la fase de calificación, decida luego, pese a existir acusaciones, sobreseer la causa.
En concreto, entre otros extremos, el fiscal expresa en un primer término su "disconformidad" con que el objeto del 'caso Filesa' consista "simplemente en la entrega de aportaciones l PSOE para su financiación por parte de empresas, a cambio de facturas por servicios inexistentes con la finalidad de servirse de las mismas para defraudar a hacienda", tal como afirmó Bacigalupo en su auto.
Por el contrario, considera que limitar el objeto del proceso a una pura cuestión fiscal es ver únicamente un aspecto secundario del procedimiento, puesto que el objetivo "fundamental, principal e inmediato" de las facturas falsas es, según el fiscal, justificar, mediante un documento mercantil flso, la salida de dinero de las empresas para Filesa, "ocultando también bajo tal medio el pago de las contrapresetaciones recibidas por las empresas distintas de las expresadas en las facturas y la financiación irregular del PSOE".
Afirma que, para ello, fue preciso confeccionar posteriormente "unos nuevos documentos mercantiles falsos que posibiliten el traspaso de los fondos recaudados de las empresas y depositados en las cuentas de Time Export y/o Filesa, a los proveedores del PSOE para el pago deservicios electorales de éste, haciendo posible en último término la financiación del partido mediante otra nueva falsedad, esta vez de carácter electoral: la omisión de gastos electorales en la contabilidad electoral a presentar ante el Tribunal de Cuentas".
Añade que junto a esta finalidad de las facturas falsas, existió otra secundaria: "su utilización por cada una de las partes (Filesa, Time Export/Empresas) como medio de defraudar a Hacienda manteniendo el 'holding' el valor del dinero recibido egañando a aquella y recuperando las empresas con cargo al Tesoro Público el 35% del importe de lo pagado".
ASOCIACION ILICITA
También discrepa con la decisión de Bacigalupo de sobreseer el delito de asociación ilícita del que había acusado a Sala, Navarro, Oliveró y Flores y que, a juicio del magistrado, no existió, dado que para que exista es necesario que el objeto de la asociación, en este caso el "holding" Filesa, sea cometer delitos y "la financiación de un partido político no es un fin delictio".
Sin embargo, para el fiscal, este razonamiento "puede llevar a consecuencias absurdas" y precisa que su acusación no es el acuerdo de los cuatro acusados para obtener fondos para un partido político, "sino el logro de esa finalidad utilizando las conductas delictivas que se precisen, fundamentalmente falsedades documentales mercantiles y defraudaciones a Hacienda".
Para ello, agrega, primero se construyó el "holding" (base del delito de asociación ilícita) y posteriormente se realizaron los auerdos con las empresas estableciendo con éstas los medios delictivos a utilizar, previstos de antemano por los creadores de dicho "holding".
Añade que ello es así, puesto que "difícilmente cabe imaginarse el proyecto de financiación irregular del PSOE" sin prever la necesidad de cometer falsedades que serían la base en las que apoyar posteriores falsedades, que el dinero recaudado deberá ser ocultado mediante su omisión en las cuentas electorales y que las facturas falsas deberán ser utilizadas para efraudar a Hacienda a fin de evitar una cuantiosísima merma del dinero recaudado.
Para el fiscal, Filesa "persigue la financiación irregular del PSOE mediante las necesarias conductas delictivas desde su creación, siendo ello el motivo de su constitución". Afirma que, además, "Time Export a partir de su adquisición por Sala y Navarro persigue idéntica finalidad, si bien en este caso encubierta con el desarrollo de algunas de las actividades que constituían su objeto social antes de que fuera adquiridapor aquellos".
Concluye estas consideraciones señalando que con la creación del "holding" y con la utilización "de los medios delictivos previstos para lograr la financiación del PSOE se estaba creando la infraestructura necesaria que permitiría al PSOE participar en los procesos electorales de 1989 en mejores condiciones conocidas que el resto de los partidos políticos".
FACTURAS
El fiscal también se muestra contrario a la decisión de Bacigalupo de estimar que tampoco hubo comisión de falsedads mercantiles, que el fiscal imputó a Galeote, Sala, Navarro, Aida Alvarez, Escámez y Sáez de Azcúnaga, entre otros, argumentando que la falsedad de un documento mercantil entre particulares no era delito, sino que podría constituir en una participación en un delito fiscal si esos documentos, en este caso facturas, fueron utilizadas para defraudar a Hacienda.
Según el fiscal, sí existió dicho delito puesto que "existió la acción falsaria al faltarse a la verdad en las facturas que se confeccionaron po servicios no prestados" y, además, también existió el "dolo falsario", es decir, "la conciencia y voluntad de que en un documento que la ley reputa como mercantil se hizo alguna de las alteraciones a la verdad" previstas en el Código Penal.
Insiste en que, además, tuvieron trascendencia puesto que "sirvieron para aparentar inverazmente una relación comercial entre Filesa y/o Time Export con las empresas que financiaban al PSOE, fueron anotadas en la contabilidad y libros de comercio de unas y otras icidieron en el balance y cuenta de resultados de las sociedades y finalmente, sirvieron para defraudar a Hacienda".
(SERVIMEDIA)
05 Ene 1995
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