Vivienda
Facua denuncia a Arrendamiento10 por exigir un aval por 18 meses de renta como garantía adicional para alquilar un piso
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Facua-Consumidores en Acción ha denunciado a la inmobiliaria Arrendamiento10 por exigir un aval bancario de hasta 18 meses de la renta como garantía adicional para poder alquilar un piso, pese a que la ley de arrendamientos urbanos establece un tope máximo de dos mensualidades para cualquier importe que se pacte por estas garantías más allá del mes de fianza.
Así lo anunció este martes la asociación en un comunicado en el que explicó que la denuncia ha sido interpuesta ante Kontsumobide —el Instituto Vasco de Consumo— ya que la empresa tiene su domicilio social en Bilbao.
La asociación ha podido “comprobar” que, en los anuncios que la inmobiliaria tiene publicados en portales de alquiler, Arrendamiento10 exige a los posibles inquilinos un aval bancario de hasta 18 meses como garantía adicional.
“En caso de no poder hacer frente a esa cantidad, como alternativa ofrece una especie de producto financiero llamado Aval Alquiler-Aval Personal y Solidario, cuyo estudio, formalización y gastos que conlleva deben ser igualmente abonados por el futuro arrendatario”, abundó.
LEGISLACIÓN
En este sentido, Facua señaló que el artículo 36 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, establece que las partes “podrán pactar cualquier tipo de garantía del cumplimiento por el arrendatario de sus obligaciones arrendaticias adicional a la fianza en metálico“.
“En el caso del arrendamiento de vivienda, en contratos de hasta cinco años de duración, o de hasta siete años si el arrendador fuese persona jurídica, el valor de esta garantía adicional no podrá exceder de dos mensualidades de renta”, continúa la norma.
La asociación recordó que en 2023 denunció a una treintena de inmobiliarias por “imponer” igualmente cláusulas “abusivas” a los posibles inquilinos, en este caso por seguir imputándoles los honorarios, pese a que la reforma de la Ley de Vivienda estableció que debían correr a cargo del arrendador.
PRIMERA SANCIÓN
“Como consecuencia de esta denuncia, la Junta de Andalucía emitió la primera sanción a una de estas agencias por vulneración de la normativa, que estableció en la escasa cuantía de sólo 1.000 euros”, valoró, al tiempo que puntualizó que el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 anunció recientemente la apertura de una investigación a diferentes agencias de gestión de alquiler de viviendas por haber cobrado a los inquilinos comisiones “ilegales” u obligar a firmar contratos temporales “sin que dicha temporalidad estuviera justificada”.
En este contexto, instó a Kontsumobide a que abra expediente sancionador contra Arrendamiento10 por imponer garantías adicionales “por encima del límite que establece la legislación” y que le incoe la correspondiente sanción por una infracción de la normativa de vivienda.
(SERVIMEDIA)
12 Nov 2024
MJR/gja