ETT. CCOO, SATISFECHA POR LA SENTENCIA DEL SUPREMO QUE IMPIDE A LAS ETTs EXINGUIR CONTRATOS EVENTUALES ANTES DE PLAZO
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CCOO expresó hoy su satisfacción por la sentencia del Tribunal Supremo que obliga a las empresas de trabajo temporal (ETTs) a respetar la duración de los contratos eventuales que realicen a los trabajadores que ponen a disposición de las empresas usuarias, pese a que las causas que motivaron ese contrato hayan desaparecido.
En declaraciones a Servimedia, la secretaria de Empleo de CCOO, Lola Liceras, señaló que ésta es una mdida "necesaria", y recalcó que la prohibición de la extinción anticipada del contrato debe recogerse claramente en la nueva ley reguladora de las ETTs, que negocia actualmente el Gobierno con empresarios y sindicatos.
Explicó que la ley actual no deja totalmente claro este asunto, ya que sólo dice que la duración del contrato laboral que realiza la ETT al trabajador tiene que coincidir con la duración del contrato de puesta a disposición, lo que permitía distintas interpretaciones en el caso de que e contrato de puesta a disposición caducara por algún motivo antes del plazo marcado.
Liceras indicó que la sentencia del Supremo tendrá una repercusión importante, ya que la mayoría de las ETTs utilizan el contrato eventual. Así, según los datos de CCOO, el 61% del total de los contratos de puesta a disposición que realizan estas empresas son contratos eventuales.
No obstante, Liceras indicó que generalmente las empresas usuarias no rescinden el contrato de puesta a disposición antes del plazo prvisto inicialmente. Aseguró que la extinción anticipada de estos contratos eventuales sólo se da en algunos casos, pero no en la mayoría.
La responsable de Empleo de CCOO no cree que esta sentencia lleve a las ETTs a sustituir contratos eventuales por contratos de obra o servicio, porque, aunque la ley es ambigua y hay división de opiniones en la jurisprudencia, la mayoría se inclinan porque la modalidad de contrato a utilizar por la ETT con el trabajador tiene que atender a la misma causa por la que olicita la empresa usuaria un contrato de puesta a disposición.
(SERVIMEDIA)
25 Mar 1999
NLV