ETA. UN MAGISTRADO DE LA SALA QUE DEJO EN LIBERTAD A REI DICE QUE EXISTEN INDICIOS SUFICIENTES CONTRA EL PERIODISTA

- Apoya su excarcelación pero por motivos de salud

MADRID
SERVIMEDIA

El agistrado de la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional Carlos Ollero considera que existen indicios suficientes contra el periodista José Benigno Rei, conocido como Pepe Rei, imputado en el caso "Egin", que está siendo instruido por el juez Baltasar Garzón.

Ollero no comparte las razones que llevaron a sus compañeros de sala a poner en libertad bajo fianza de dos millones de pesetas a Rei y así lo ha hecho constar en un voto particular concurrente, en el que apoya la excarcelacón del periodista acordada por Garzón pero no porque no existan indicios contra él, sino por motivos de salud, entre otros argumentos.

En un voto de 70 páginas, Ollero desmenuza la resolución firmada por sus compañeros el pasado 13 de junio por considerar que contiene errores tanto formales como de fondo. En su opinión, los hechos que se imputan a Rei presentan carácter de delito y hay motivos bastantes para creer que el periodista es responsable de los mismos.

La Sección Cuarta de la Sala de lo enal de la Audiencia Nacional dejó en libertad a Rei el pasado 13 de junio por considerar que el "señalamiento, por sí solo, no es penalmente relevante". De este modo, revocó la prisión provisional que Garzón había dictado contra el director de la revista "Ardi Beltza" y ex jefe del equipo de investigación del extinto diario "Egin" por marcar presuntamente objetivos a ETA.

Los magistrados Carlos Cezón y Juan José López Ortega señalaban en su resolución que toda noticia u opinión publicada en cualquiermedio de comunicación ha de llamar "forzosamente la atención sobre alguien o algo", relevancia informativa que es consustancial al ejercicio de la profesión periodística de la que también vive Rei.

Sin embargo, Ollero estima que, según este criterio, un medio de comunicación cometería delito si publicase "hay que actuar contra Fulanito de Tal", pero no si el titular rezase: "Hay que actuar contra Fulanito de Tal, quien, por cierto, es propietario de quince acciones de una Sociedad Anónima".

Para ste magistrado, no es necesario que el señalamiento que Garzón imputa a Rei se produzca con nombre y apellidos, porque en algunos casos basta con apuntar costumbres o lugar de trabajo de la posible víctima para saber de quién se trata. Así, cita el ejemplo del Foro de Ermua. "Se trata de personas conocidas que, por su patente notoriedad, no precisan excesiva determinación", dice Ollero.

ETA Y "ARDI BELTZA"

Este magistrado rebate también la tesis mantenida por sus compañeros Carlos Cezón y Juan José ópez Ortega, según la cual no hay razones para creer que la actividad periodística desempeñada por Rei como director de "Ardi Beltza" responda a un concierto con miembros de ETA para fijar los objetivos de la banda terrorista. "No resulta nada plausible imaginar a un grupo terrorista del potencial operativo y desalmado que cabe atribuir a ETA permaneciendo a la espera de la próxima entrega de una revista para saber contra quién ha de actuar", dijeron en su día ambos jueces.

Para Ollero, lo que sí es vrosímil es imaginar a un "comando operativo de ETA", formado por dos o tres individuos, a la espera de la información suministrada por "Ardi Beltza".

Además, sostiene que para colaborar con ETA no es necesario estar relacionado con algún miembro de la banda terrorista, sino que basta "simplemente un conocimiento genérico y abstracto de que, con su actuación, coadyuve con las actividades o las finalidades" de los etarras.

A su juicio, los elementos fácticos de la imputación están en el sumario abirto contra Rei y son producto de una investigación que aún no ha concluido. Recuerda también que será en el juicio que se celebre en su día cuando se dilucide la inocencia o culpabilidad, en este caso, del mencionado periodista.

Este magistrado señala que algunas de las personas mencionadas por "Ardi Beltza" fueron objeto de alguna acción violenta al poco tiempo de aparecer sus nombres en el mencionado medio de comunicación, como son los casos de los periodistas Aurora Intxausti y José Luis López de Lcalle, éste último asesinado por ETA.

Además, recuerda que a algunos presuntos miembros de ETA se les ha encontrado ejemplares de la revista "Ardi Beltza" y que incluso Asier Carrera, supuesto miembro del "comando Vizcaya", reconoció que encargó a otra persona que investigase a un concejal del PP que cuya fotografía apareció en la mencionada revista.

SALUD DELICADA

No obstante, señala que aunque existen indicios contra Rei, no hay razones para pensar que se vaya a fugar, dado que siempre ha comarecido ante la Justicia cuando se le ha requerido y que tiene problemas de salud. "Está sometido a una severa dependencia médica y hospitalaria, familiar y de su entorno social y personal próximos", dice Ollero.

Para este magistrado de la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, estos últimos son los únicos argumentos que dan lugar a la puesta en libertad de Rei, a quien Garzón había encarcelado provisionalmente por su trabajo al frente de la revista "Ardi Beltza" y su presuntacolaboración con ETA.

Garzón ordenó la prisión de Rei por considerar que éste había reincidido en un presunto delito de colaboración con banda armada cometido mediante la revista "Ardi Beltza" y por el que había sido procesado dentro del "caso Egin", en el que se investiga la trama financiera ETA-KAS.

Para el magistrado, Rei, a quien posteriormente procesó por un presunto delito de pertenencia a banda armada, "señala y sataniza" a determinadas personas "contrarias a la causa vasca", convirtiéndols en objetivos de ETA.

(SERVIMEDIA)
26 Jun 2001
VBR