(ESTA NOTICIA AMPLIA Y SUSTITUYE LA NUMERO 53 DEL HOY) -----------------------------------------------------
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La sección segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha condenado a 20 años y tres meses de cárcel y al pago de una multa de 209 millones de pesetas al narcotraficante gallego José Ramón Prado Bugallo, "Sito Miñanco", detenido en enero de 1991, dentro de la segunda fase de la denominada "operación Nécora".
En una sntencia hecha pública hoy, el tribunal considera a "Sito Miñanco" autor de un sólo delito de tráfico de drogas, por la entrega de 113 kilos de cocaína el 19 de enero de 1991, además de imputarle un delito monetario de exportación dineraria no autorizada y falsedad en DNI.
Sin embargo, la Sala le absuelve de los delitos de contrabando, falsedad en documento oficial, cohecho, uso público de nombre supuesto y delito continuado de tráfico de drogas, por los que el fiscal pedía que 44 años de cárcel, como áximo responsable de una organización "extensa y consolidada" que introdujo en España 2.500 kilos de cocaína.
La sentencia reconoce tan sólo la existencia de "una estructura organizativa de difícil concreción", inserta en la estructura comercial internacional, formada por las empresas Artesa y Thalassa y creada por el narco como conocido comisionista de tabaco.
De esta red formaron parte los lugartenientes de Prado Bugallo, Juan Sineiro y José Garrido, condenados a 17 años de cárcel y multa de 20 millones cada uno, con los que mantenía "una clara relación" ante "la confianza existente entre ellos, y el conocimiento y participación en los hechos" que se deduce de las conversaciones telefónicas intervenidas por la policía en las que se fundamenta gran parte de la base probatoria de la resolución judicial.
Este "complejo económico" les permitió llevar a cabo "unos fines y unos contactos que de otro modo serían inviables (...) y que permitió a cualificados y concretos miembros de ella el control e ocasionales operaciones de traída y distribución de droga".
Por ello, la sala no aprecia la existencia de "una continuidad delictiva" al entender que se trata de una sóla operación de tráfico: la entrega de 113 kilos de cocaína para su distribución a los colombianos José Vélez e Isabel Cristina Osorio, condenados a 11 años y multa de 105 millones, y 4 años y 2 meses y multa de 25 millones, respectivamente por este delito.
UNA SOLA OPERACION
Por esta única entrega ha sido también condenado a 4años y dos meses de cárcel y multa de 50 millones, José María Castillo, que alquiló la nave de Ajalvir (Madrid) donde la banda escondía el resto del alijo de droga.
Además, Diego Soto, Juan Alberto Aguin y Juan José de la Peña, deberán cumplir penas que oscilan entre los 2 y los 4 años de prisión por un delito de receptación al tratar de dar salida en el extranjero al dinero obtenido por la compra-venta de la droga, aunque no participaran en la operación.
Los tres procesados eran personas "instaldas en la estructura organizativa para el tráfico de tabaco", que experimentaron "para sí o, por su auxilio para terceros, un aprovechamiento económico" al ser utilizada la organización para el blanqueo de dinero.
Diego Soto es autor además de un delito monetario y otro de falsedad en Documento Nacional de Identidad, al facilitar a "Sito Miñanco" un falso DNI con la ayuda de su hermano Antonio, condenado por este motivo a dos meses de arresto.
El hijo y sobrino de ambos, Angel Soto, que alojó en u domicilio de Barcelona a Prado Bugallo con el que viajó además en otras ocasiones, ha sido si embargo uno de los dos procesados absueltos de toda responsabilidad, de entre las 12 personas que se sentaron en el banquillo.
La otra persona libre de toda implicación es José Manuel Rodríguez Núñez, un trabajador de telefónica que supuestamente había sido captado por otro de los implicados para que averiguara si los teléfonos de "Sito Miñanco" habían sido intervenidos.
(SERVIMEDIA)
28 Jun 1993
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