ESPAÑA YA NO EXIGIRA EL PERMISO DEL MARIDO A LAS EXTRANJERAS CASADAS QUE SOLICITEN VISADO PARA VIAJAR A NUESTRO PAIS
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Las mujeres casadas originarias de aquellos paíes cuya legislación aún les obliga a presentar en los consulados españoles una autorización del marido a fin de obtener el visado para viajar a nuestro país, quedan eximidas a partir de ahora de esta obligación, de acuerdo con una decisión del Ministerio de Asuntos Exteriores.
El titular de Exteriores, Josep Piqué, ha cursado un telegrama a todas las representaciones españolas en el extranjero, en el que les comunica que se ha aceptado una recomendación del Defensor del Pueblo, Enrique Múgica, para qu en la tramitación de visados no se exijan requisitos que sean contrarios al principio de igualdad.
La recomendación del Defensor se realizó al haberse comprobado que en los consulados españoles de algunos países se exigía permiso del marido para que las mujeres casadas pudieran solicitar visados, de acuerdo con la legislación de esos países.
La institución consideró que esta práctica de nuestros representantes exteriores resultaba contraria al artículo 14 de la Constitución, así como a otros conenios y tratados sobre Derechos Humanos suscritos por España.
Tras el correspondiente estudio de su Asesoría Jurídica Internacional, el Ministerio de Asuntos Exteriores acogió la recomendación del Defensor del Pueblo, al entender que los documentos y requisitos necesarios para la concesión de visados en España deben ser estrictamente los exigidos por la legislación española, sin tomar en cuenta a estos efectos el derecho interno de otros Estados, cuando supedite la libertad de circulación de la mujerla previa autorización marital.
(SERVIMEDIA)
10 Oct 2001
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