Ley de Vivienda

ERC, dispuesta a tumbar la Ley de Vivienda en el Congreso a 24 horas de su votación

MADRID
SERVIMEDIA

Esquerra Republicana de Catalunya (ERC) mantiene su amenaza de tumbar el Proyecto de Ley del Derecho al Acceso a la Vivienda cuando faltan 24 horas para la votación de la norma en el Pleno del Congreso de los Diputados, que debate mañana jueves las enmiendas a la totalidad.

Así se lo aseguraron a Servimedia fuentes de la formación catalana en la Cámara Baja, que recordaron que su rechazo se justifica por la invasión de competencias autonómicas.

Por su parte, fuentes de EH Bildu, formación con la que ERC comparte grupo en el Senado y cierta cercanía ideológica, aseguraron que los cinco diputados de esta formación sí van a votar en contra de las cinco enmiendas a la totalidad, permitiendo continuar con la tramitación de la ley.

A este respecto, desde ERC defendieron que la diferencia de voto entre ambas formaciones se explica por el hecho de que este partido gobierna en Cataluña, algo que no hacen sus socios vascos en Euskadi.

Por parte del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, un portavoz preguntado por Servimedia se mostró confiado de que la norma pueda superar este trámite y explicó que siguen las negociaciones con ERC. Además, mostró la disposición del Gobierno a incorporar las enmiendas de la formación catalana y del resto de grupos políticos durante la tramitación de la ley, que se llevará a cabo por el procedimiento de urgencia.

La norma ha recibido seis enmiendas a la totalidad, de las que cinco piden su retirada. Son las del PP, Ciudadanos, el PNV, el PDECat y Junts. Además, otras formaciones como Vox, los diputados expulsados de UPN o Foro Asturias también votarán previsiblemente en contra.

Además, ERC ha registrado una enmienda a la totalidad, aunque en su caso su propuesta es de texto alternativo. Si la formación catalana decide sumarse a los votos que piden la retirada de la ley no superaría este trámite y sería devuelta al Gobierno.

Entre las medidas incluidas en la ley, el Gobierno establece hasta cuatro modalidades de beneficios fiscales para pequeños propietarios. Este sistema de beneficios fiscales bonificará en un máximo del 90% la renta que ingresen los propietarios en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), siempre y cuando bajen el precio del alquiler en un 5% en zonas “tensionadas”.

El segundo tramo de incentivos incluido bonificará con un 70% a aquellos propietarios que alquilen su vivienda por primera vez en una zona “tensionada” y la arrenden a inquilinos de entre 18 y 35 años. También recibirán este incentivo fiscal los dueños de inmuebles que destinen su vivienda a alquiler social con un precio inferior al establecido en el programa de ayudas al alquiler del plan estatal de vivienda.

Asimismo, los propietarios que rehabiliten su vivienda podrán optar a una bonificación del 60%. Por último, quienes no cumplan con ninguno de los requisitos anteriores podrán acceder a un incentivo fiscal del 50% solo por alquilar su vivienda en una “zona tensionada”.

ZONAS TENSIONADAS

El texto especifica que se deben cumplir dos requisitos para que un barrio o zona residencial sea calificada como “tensionada”. Por una parte, la renta media mensual de la unidad de convivencia destinada al coste de la hipoteca o del alquiler, además de los gastos propios de la vivienda (luz, agua, telecomunicaciones), ha de superar el 30% de los ingresos medios de los arrendatarios.

Asimismo, el precio de compra o alquiler de la vivienda debe haber experimentado un porcentaje de crecimiento acumulado de, al menos, cinco puntos porcentuales por encima del Índice de Precios de Consumo (IPC) de la comunidad autónoma.

Si se cumplen ambas premisas, la zona podrá ser declarada como “tensionada” durante los siguientes tres años, un plazo que podrá prorrogarse cuando “subsistan las circunstancias que motivaron tal declaración y previa justificación de las medidas y acciones públicas adoptadas para revertir o mejorar la situación”.

LIMITACIÓN DE PRECIOS

Más allá de los beneficios fiscales, las comunidades autónomas (que son las responsables de aplicar todas estas medidas cuando así lo consideran) tendrán la potestad de formular medidas que congelen los precios ofertados por los grandes tenedores en las zonas “tensionadas” para así facilitar el acceso a la vivienda.

Además, una vez entre en vigor el nuevo índice de precios del Ministerio de Transportes, los grandes propietarios no podrán alquilar sus viviendas por encima de los umbrales fijados en esta estadística. De todos modos, la cartera dirigida por Raquel Sánchez estima que esta herramienta no estará disponible hasta dentro de 18 meses, por lo que no se congelarán precios bajo estos principios hasta la primavera de 2024.

Pese a lo señalado anteriormente, el texto aprobado incluye una serie de excepciones que permitirán a los grandes tenedores subir el precio del alquiler en zonas “tensionadas” en un máximo del 10%. En concreto, podrán aumentar el coste del alquiler cuando realicen una rehabilitación de su vivienda dos años antes de firmar un nuevo acuerdo o cuando sellen un contrato de arrendamiento por un periodo de diez o más años.

Paralelamente, la Ley ofrece más garantías en la compra y alquiler de vivienda, estableciendo una serie de información básica de las condiciones de la operación y características de la vivienda, y se mejora la información sobre las políticas públicas de vivienda, para dar a conocer todos los programas y servicios de acceso a una vivienda.

Por otro lado, el texto, que introduce medidas de protección a familias vulnerables en caso de desahucios, impulsará la creación de vivienda social, ya que dotará a las comunidades autónomas de las herramientas necesarias para garantizar que hasta el 30% de las nuevas promociones de vivienda se destinen a una reserva sujeta a un régimen de protección pública que, “al menos, permita establecer su precio máximo en venta, alquiler u otras formas de acceso a la vivienda”.

PROHIBIDIO VENDER VIVIENDA PÚBLICA

También prohíbe por ley vender vivienda pública en, al menos, 30 años. En caso de hacerlo, se deberá justificar dicha venta y devolver todas las concesiones públicas recibidas. Con esta medida, el Gobierno quiere garantizar la presencia de la vivienda social dentro de la oferta inmobiliaria, ya que considera que su representación es “insuficiente”.

En concreto, España cuenta con 290.000 viviendas sociales, que “apenas” ofrecen cobertura a un 1,6% de los 18,6 millones de hogares que existen en España, lo que contrasta con los porcentajes registrados en algunos de los principales países del entorno, como Francia, Reino Unido, Suecia, Países Bajos Austria o Dinamarca; todos ellos por encima del 15%.

(SERVIMEDIA)
09 Mar 2022
JBM/KRT/sdm/clc