EMILIO YBARRA, CONDENADO A SEIS MESES DE PRISION POR APROPIACION INDEBIDA
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La Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional condenó hoy a Emilio Ybarra, ex presidente del BBVA, a seis meses de prisión por apropiación indebida en relación al "caso Alico".
Este caso se refiere a los fondos de pensiones que la entidad bancaria constituyó en la gestora estadounidense Alico, por importe de 19 millones de dólares, para compensar a sus consejeros (afectados por la fusión BBV-Argentaria) con dinero procedente supuestamente de las cuentas secretas que el banco tenía en el paraíso fiscal de Jersey.
El tribunal aplica a Emilio Ybarra, que dada la pena impuesta no llegará a ingresar en prisión, los atenuantes de confesión y reparación del daño causado, según consta en la sentencia, hecha pública hoy. La condena incluye una multa de tres meses, a razón de 300 euros diarios.
Asimismo, los magistrados han decidido absolver al resto de procesados, todos ellos ex altos cargos del BBV que estaban procesados por este caso: Juan Urrutia Elejalde, José María Concejo Alvarez, Luis Javier Bastida Ibargüen y Rodolfo Esteban Molinuevo.
El tribunal considera probado que el 19 de octubre de 1999, el Consejo de Administración del BBV aprobó el proyecto de fusión por absorción de la entidad Argentaria Caja Postal Banco Hipotecario.
El Consejo de Administración de la nueva sociedad fusionada estaría compuesto por 19 consejeros pertenecientes con anterioridad al BBV y otros 14 provenientes de Argentaria. La operación implicaba la adopción de una serie de acuerdos, recogidos en el proyecto de fusión, entre ellos, el relativo a la retribución de los miembros del nuevo consejo. Así, los miembros procedentes del BBV sufrirían una rebaja aproximada del 30 por ciento en sus nóminas, mientras que los que provenían del Argentaria tendrían un incremento equivalente, igualando así todos los emolumentos.
CIERTO MALESTAR
La disminución de sus retribuciones creó "cierto malestar" entre los afectados y en su, hasta entonces,presidente del BBV, Emilio Ybarra.
Así, Ybarra, con objeto de compensar tal diferencia económica, decidió constituir a su favor y al de los consejeros provenientes del BBV unos fondos de inversión o planes de pensiones con la firma American Life Insurance Co (Alico), con sede en Wilmington, Estado de Delaware, U.S.A.
Ybarra, "faltando al citado acuerdo sobre la igualdad de las retribuciones de todos los consejeros y, al margen de cualquier acuerdo societario sobre el particular, pensó proceder a la citada compensación económica a través de los fondos propiedad del BBV existentes en la Isla de Jersey no incluidos en los registros contables oficiales y cuya existencia era conocida sólo por algunas personas pertenecientes al BBV y absolutamente desconocida para los nuevos socios de Argentaria", relata la sentencia.
En septiembre del 2000, Ybarra comentó a Francisco González, copresidente de la nueva entidad, que había unas cuentas extracontables del anterior BBV en el extranjero y le indicó que su importe ascendía a varios miles.
"Ante tal noticia, el señor González exigió al señor Ybarra que ese dinero se reintegrara y constara en la contabilidad del banco", petición que reiteró el 28 de diciembre de ese mismo año, relata la sentencia.
Ybarra comunicó a los consejeros beneficiarios de los citados fondos la necesidad de devolver los mismos. El dinero se contabilizó el 31 de diciembre de 2000.
BANCO DE ESPAÑA
El 19 de enero de 2001 Ybarra y González acudieron al Banco de España donde el primero puso en conocimiento del gobernador del Banco de España la existencia de fondos del B.B.V. no contabilizados, lo que motivó incoación del oportuno expediente por parte del órgano supervisor.
Más tarde el 25 de septiembre de 2001, Ybarra y González, acompañados de un consejero del BBV, tuvieron otra reunión con el gobernador y subgobernador del Banco de España.
Este encuentro que tenía por objeto aportar el informe elaborado por la Comisión de Control del Banco, reunión en la que "por primera vez" Ybarra habló de los contratos con Alico.
Para los magistrados de la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, los hechos declarados probados constituyen, "sin género de duda", un delito de apropiación indebida cometido por Ybarra.
De las declaraciones prestadas por los otros coimputados, absueltos hoy, y por numerosos testigos, los magistrados infieren que la idea de compensar a los consejeros provenientes del BBV fue de Ybarra. "Fué él mismo quien asumió, desde el principio, la idea de compensar la 'desventaja' económica sufrida con motivo de la fusión del BBV con Argentaria", dicen los jueces.
Asimismo, señalan que la actuación de Ybarra no estuvo acordada o respaldada por junta alguna y sólo sirvió a los fines "de unos pocos escogidos".
Los magistrados rechazan la tesis de que el montante de los fondos objeto de los contratos con Alico tenía por finlaidad tener liquidez a disponsición del BBV por si fuera necesario para la futura adquisición del mexicano Bancomer. COMPENSAR
"Los contratos con Alico tenían por objeto compensar a los consejeros por lo que iban a dejar de percibir con motivo de la fusión o efectuar gratificaciones a quienes ya se habían jubilado o estaban a punto de hacerlo en el momento de la fusión y no servir de cobertura al desarrollo de una nueva operación por parte del BBV que incluso, dándola por sentada, jamás justificaría la comisión de un delito de apropiación indebida", dicen los jueces.
A su juicio, "se vulneró un acuerdo unánimemente aceptado, el de la paridad retributiva distrayendo para ello fondos del BBV sin ningún respaldo legal o estatutario".
No obstante, los magistrados consideran que el hecho de que Ybarra acudiese al Banco de España e hiciese un "reconocimiento tardío" de los fondos Alico supone la atenuante de confesión, puesto que ocurrió "con mucha antelación al procedimiento judicial" que se abrió en la Audiencia Nacional.
En cuanto a la atenuante de reparación del daño causado, los jueces señalan que "resulta incuestionable que todos los beneficiados (acusados o no), en cuanto fueron requeridos por el señor Ybarra a finales del 2000 para devolver el importe de sus respectivos contratos con Alico iniciaron, inmediatamente, la vía de retorno".
Con respecto a Luis Bastida y a Luis Javier Bastida y Rodolfo Esteban Molinuevo, los magistrados señalan que, "pese a haber declarado probado su activa participación en dotar de fondos a los contratos firmados en su día por los beneficiarios, esta sala no ha llegado al convencimiento de que su actuación sea delictiva".
En cuanto a los otros acusados de este caso, los magistrados absuelven a Juan Urrutia y a José María Concejo. Recuerdan la resolución por la que la Audiencia Nacional decretó el sobreseimiento libre del caso para 19 consejeros que estaban imputados en la causa y entienden que el principio de igualdad ante la ley les obliga a dejar libres de culpa también a los dos citados ex altos cargos del banco.
La Fiscalía Anticorrupción, encargada de este caso, aún no ha decidido si recurrirá la sentencia, según informaron fuentes jurídicas.
(SERVIMEDIA)
25 Nov 2005
VBR