ELIGIO HERNANDEZ, DOS AÑOS AL FRENTE DELA FISCALIA PESE A LA OPOSICION DE JUECES Y FISCALES

- 'Ley Corcuera': Tanto Eligio Hernández como el abogado del Estado solicitaron al Tribunal que declarase consitucional la denominada 'ley Corcuera'. Según él, "si el agente observador llega al conocimiento fundado, con absoluta certeza, de que se acaba de vender droga, porque así lo manifiesta el compardor al que se intervine lo comprado, será lícito el registro sin mandamiento judicial si razones de urgencia así lo imponen".

- Insumisión: Al mes de su nombramiento dictó una orden por la que establecía que a los insumisos al servicio militar se les debe pedir una pena de 18 meses o de dos años y cuatro meses Los fiscales también deben de oponerse, en todos los casos, al beneficio de la libertad condicional.

- 'Caso Filesa': El 21 de abril de 1993 anunció su decisión de encargarse directamente del informe que debía de elaborar la Fiscalía del Constitucional sobre la admisión o no a tramite por el Alto Tribunal de los recursos de amparo presentados contra la actuación del juez del 'caso Filesa', Marino Barbero. "Como no coincido con los fiscales, asumo directamente la responsabilidad del informe. En tanto n cuanto la fiscalía del Constitucional actúa por delegación del fiscal del Estado, revoco la delegación y asumo las competencias", explicó.

- 'Caso Elosúa': La actuación del fiscasl general del Estado en este caso ha sido bastante criticado por parte de diferentes dirigentes políticos de la oposición. Estos observaron una falta de celeridad desde que en julio de 1993 anunciara que abriría diligencias. Estas diligencias se abrieron después de que pasados más de seis meses y tras una entrevista con el iputado de Izquierda Unida Antonio Romero fuera informado por éste de la investigación del juez italiano Di Pietro.

- Relación con los fiscales: El primer roce fuerte con el cuerpo de fiscales se produjo con la orden que emitió refiriéndose a la pena que debían de pedir a los insumisos. Después, en diciembre de 1992, la Junta de Fiscales de Sevilla acordó no dar cumplimiento y recurrir, por considerarla nula, la orden del fiscal general del Estado según la cual les prohibía por segunda vez acusar al pr entonces secretario general de Asuntos Penitenciarios, Antoni Asunción, de un delito de rigor innecesario.

- 'Caso Amedo': Eligio Hernández se entrevistó hace ahora un año con el principal encausado en la trama de los GAL, José Amedo, cuando se estaba tratando el indulto para los los inculpdos. En estos momentos la fiscalía esta elaborando un informe sobre el indulto que debe de remitir al Gobierno.

MADRID
SERVIMEDIA

Eligio Hernández, nacido en 1947 en el isla canaria de El Hierro, fue nombrado fiscal general del Estado el 10 de abril de 1992. Su nombramiento y su posterior actuación como jefe de los fiscales españoles ha estado rodeada de una gran polémica.

Su nombramiento fue recurrido por las principales asociaciones profesionales de fiscales y jueces, que sostienen que no se le puede computar como "ejercicio efectivo" de lajudicatura el tiempo que permaneció como gobernador civil y delegado del gobierno en Gran Canaria.

HISTORIA DEL CONFLICTO

El cese de Eligio Hernández se produce tres semanas antes de que la Sala Tercera del Tribunal Supremo estudie el próximo 17 de junio los recursos presentados por diferentes asociaciones de jueces y fiscales contra el nombramiento de Eligio Hernández como fiscal general del Estado.

El 15 de enero del pasado año, la Sala Segunda del Tribunal Supremo acordó ser competente para ecidir si es legal o no un "acto político" acordado por el Gobierno. Con anterioridad, la Sección Séptima de la Sala Tercera, que debía resolver los recursos, acordó por cuatro votos frente a tres que este nombramiento era un "acto político" del Gobierno, y por tanto, eran las Cortes y no un tribunal quienes debían de censurar.

La UJI pidió entonces que este asunto lo resolviera el pleno de la Sala Tercera (32 magistrados), que se declaró competente tras casi cuatro horas de debate. El 6 de septiembrede 1993 presentó una demanda definitiva contra el nombramiento, por estimar que no reune los requisitos exigibles para ocupar el cargo.

La asociación insiste en que no se pueden computar como años de "servicios especiales" como magistrado el tiempo que Hernández desempeñó los cargos de gobernador de Tenerife y delegado del Gobierno en Canarias. Tales cargos "ni son una profesión ni menos aún una profesión jurídica", porque no requieren una formación especializda "ni estable, ni conlleva una situación urídica y social definida (jubilado, retirado)".

La Asociación Profesional de la Magistratura también presentó una de demanda, en donde además de la falta del requisito de haber ejercido realmente como jurista durante quince año, esta asociación añade un vicio de procedimiento basado en el incumplimiento de la Ley Orgánica del Poder Judicial cuando el CGPJ remitió su informe al Gobierno.

La APM pide que "se declare la nulidad de actuaciones desde que el Consejo del Poder Judicial debió remitir alConsejo de Ministros, junto con su informe sobre el nombramiento propuesto, el voto particular suscrito por seis de sus vocales".

Según la demanda, "el CGPJ infringió el artículo 137 de la Ley Orgánica del Poder Judicial", en cuyo apartado cuarto se establece que "cuando el Pleno haga uso de sus facultades de informe, se incorporarán al texto del acuerdo adoptado los votos particulares razonados, que se unirán a la documentación que se remita al órgano destinatario".

En este caso el voto discrepate suscrito por Andrés de la Oliva, José Luis Manzanares, Margarita Mariscal de Gante, Antonio Marín, Julio Padilla y José Antonio Zarzalejos no fue remitido hasta mes y medio, después de que Eligio Hernández tomara posesión de su cargo.

Con anterioridad, y tras ser nombrado Eligio Hernández, la UJI presentó el 28 de abril de 1992 un recurso de reposición ante el Gobierno, previo al contencioso-administrativo. Los fiscales progresistas, por su parte, creen ilegal el nombramiento.

En el VII Congreo de la Unión Progresista de Fiscales (UPF) fue duramente cuestionado, y Carlos Jiménez Villarejo estimó que "legalmente está clarísimo" que no cumple los 15 años de servicios efectivos en una profesión jurídica. Frente a esto, el Consejo de Ministros de 12 de junio de 1992 acordó inadmitir los recursos de reposición interpuestos por la Asociación de Fiscales, la Asociación Profesional de la Magistratura y la Unión Judicial Independiente contra el nombramiento.

La Asociación Profesional de la Magistraura presentó, el 19 de junio de 1992, otro recurso ante la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo contra el nombramiento de Eligio Hernández, después de que el Consejo de Ministros hubiese desestimado el presentado en primera instancia. Con anterioridad lo había presentado la Unión Judicial Independiente.

Asimismo, la Sala Segunda del Tribunal Supremo resolvió archivar, en septiembre de 1992, una denuncia de Christian Jiménez contra el ministro de Justicia Tomás de la Quadr-Salcedo, al apreciar que éste no incurrió en los delitos de usurpación de funciones y nombramiento ilegal al proponer a Eligio Hernández como fiscal general del Estado.

DATOS BIOGRAFICOS

Eligio Hernández nació en El Hierro (Canarias) el 24 de julio de 1947. Durante su juventud fue luchador de lucha canaria, con el apodo de "El Pollo del Pinar". Es licenciado en Derecho e ingresó en la Carrera Judicial en 1976. Con anterioridad fue abogado laboralista. Dio sus primeros pasos como juez en Telde (GranCanaria) e Icod de los Vinos (Santa Cruz de Tenerife).

Estuvo un mes en la Audiencia Nacional y, entre 1982 y 1989, pidió la excedencia para dedicarse a la política. Fue delegado del Gobierno en las islas y gobernador civil de Tenerife. A mediados de 1989 volvió a la Carrera Judicial, para ser juez del Tribunal Superior de Justicia de Canarias.

POSTURA DE ELIGIO ANTE TEMAS CONFLICTIVOS

- 'Ley Corcuera': Tanto Eligio Hernández como el abogado del Estado solicitaron al Tribunal que declarase consitucional la denominada 'ley Corcuera'. Según él, "si el agente observador llega al conocimiento fundado, con absoluta certeza, de que se acaba de vender droga, porque así lo manifiesta el compardor al que se intervine lo comprado, será lícito el registro sin mandamiento judicial si razones de urgencia así lo imponen".

- Insumisión: Al mes de su nombramiento dictó una orden por la que establecía que a los insumisos al servicio militar se les debe pedir una pena de 18 meses o de dos años y cuatro meses Los fiscales también deben de oponerse, en todos los casos, al beneficio de la libertad condicional.

- 'Caso Filesa': El 21 de abril de 1993 anunció su decisión de encargarse directamente del informe que debía de elaborar la Fiscalía del Constitucional sobre la admisión o no a tramite por el Alto Tribunal de los recursos de amparo presentados contra la actuación del juez del 'caso Filesa', Marino Barbero. "Como no coincido con los fiscales, asumo directamente la responsabilidad del informe. En tanto n cuanto la fiscalía del Constitucional actúa por delegación del fiscal del Estado, revoco la delegación y asumo las competencias", explicó.

- 'Caso Elosúa': La actuación del fiscasl general del Estado en este caso ha sido bastante criticado por parte de diferentes dirigentes políticos de la oposición. Estos observaron una falta de celeridad desde que en julio de 1993 anunciara que abriría diligencias. Estas diligencias se abrieron después de que pasados más de seis meses y tras una entrevista con el iputado de Izquierda Unida Antonio Romero fuera informado por éste de la investigación del juez italiano Di Pietro.

- Relación con los fiscales: El primer roce fuerte con el cuerpo de fiscales se produjo con la orden que emitió refiriéndose a la pena que debían de pedir a los insumisos. Después, en diciembre de 1992, la Junta de Fiscales de Sevilla acordó no dar cumplimiento y recurrir, por considerarla nula, la orden del fiscal general del Estado según la cual les prohibía por segunda vez acusar al pr entonces secretario general de Asuntos Penitenciarios, Antoni Asunción, de un delito de rigor innecesario.

También causó malestar entre los fiscales las propuestas de diferentes nombramientos de importantes cargos de la Fiscalía General sin consultar antes al Consejo Fiscal y que fueron aceptados por el Gobierno.

- 'Caso Amedo': Eligio Hernández se entrevistó hace ahora un año con el principal encausado en la trama de los GAL, José Amedo, cuando se estaba tratando el indulto para los los inculpdos. En estos momentos la fiscalía esta elaborando un informe sobre el indulto que debe de remitir al Gobierno.

CORRUPCION Y POLITICA

Por otra parte, en la apertura del año judicial de 1992 Eligio Hernández afirmó que el ministerio fiscal debía de velar "por la dignidad de quienes se dedican al noble ejercicio de la política", y advirtió que los fiscales se opondrán a las "acciones penales infundadas" contra miembros del Gobierno y del Parlamento. También consideró "recusable" la práctica judicial d abrir sumarios para esclarecer si unos hechos son delictivos sin que exista previamente un hecho que revista carácter de delito.

(SERVIMEDIA)
27 Mayo 1994