DROGA. LA FAD CALIFICA DE "EXAGERADA" LA SENTENCIA QUE PENALIZA LA VENTA DE 10, 20 y 50 MILIGRAMOS DE HACHÍS, ÉXTASIS Y COCAÍNA
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La Fundación de Ayuda contra la Drogadicción calificó hoy e "exagerada" la sentencia del Tribunal Supremo que establece como delito la venta de hachís, éxtasis y cocaína a partir de 10, 20 y 50 miligramos, respectivamente.
"A mí me ha sorprendido la sentencia", declaró a los periodistas Eusebio Mejías, director técnico de la FAD, ya que, en su opinión, se basa en un intento de definición objetiva de la potencial peligrosidad de dichas sustancias.
En este sentido, explicó que la peligrosidad no tiene que ver sólo con la sustancia y con la dosis, sino tamién con otra serie de circunstancias, como el patrón y la forma de uso, la personalidad del consumidor o el ambiente en el que se consume, "circunstancias que varían y hacen difícilmente objetivable sólo desde la variable dosis el factor peligrosidad".
Por todo ello, consideró que la definición de "peligrosidad objetiva" que hace la sentencia es "un tanto unilateral, un tanto apresurada". "Personalmente me parece un poco exagerada, que difílmente va a poder ser cumplida en todos los extremos y que proablemente haya que revisar", concluyó.
(SERVIMEDIA)
10 Feb 2004
SBA