DETERMINADAS MODIFICACIONES DE VALORES EN CIRCULACION ESTARAN EXENTAS E FOLLETO, SEGUN LA CNMV

MADRID
SERVIMEDIA

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha establecido que las modificaciones de valores en circulación que no supongan un cambio sustancial de los derechos y obligaciones de los tenedores, ni reduzcan sus garantías, no estarán obligadas a registrar folleto informativo. En estos casos bastará con comunicarlo al mercado y a sus tenedores, a través del registro de un hecho relevante.

Así se recoge en una carta circular enviada por laCNMV a los presidentes de las sociedades cotizadas en Bolsa, de las Bolsas y de todas las entidades de valores. En ella se interpreta el Real Decreto 2.590/1998, que establece el requisito de registro de un folleto informativo en las modificaciones de las características de valores ya emitidos.

Según el presidente de la CNMV, Juan Fernández-Armesto, se trata de una medida más de liberalización y reducción de la carga burocrática que soportan los mercados y las empresas. "Suprimir los requisitos que noañaden transparencia es un paso más en apoyo de la eficacia de nuestros mercados y nuestras empresas, que se mueven en un mundo cada vez más competitivo", agregó.

Entre las modificaciones que no requieren folleto se mencionan: los incrementos de capital por aumento del valor nominal de las acciones en las que no se requieran nuevas aportaciones de los accionistas; las reducciones por disminución del valor nominal para compensar pérdidas o en caso de devolución de aportaciones; el fraccionamiento del vlor nominal (splits) y los aumentos o reducciones de capital que sean resultado de la conversión del capital social a euros.

Se mantiene, sin embargo, la exigencia de folleto en aquellas modificaciones significativas o completas en las que se requiera una explicación exhaustiva de las consecuencias para los tenedores de los valores.

(SERVIMEDIA)
26 Jul 1999
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