DESACATO. EL CGPJ QUIERE RECUPERAR EL DELITO DE DESACATO, AUSENTE DEL NUEVO CODIGO PENAL
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El Consejo General del Poder Judicial CGPJ) estudia la posibilidad de recuperar el delito de desacato, ausente del nuevo Código Penal, para que se pueda así actuar de oficio contra quienes "actúan injustamente y vilipendian" a los jueces y magistrados, según informó hoy Benigno Varela, portavoz del CGPJ.
Varela, en respuesta a una pregunta sobre las últimas acusaciones aparecidas en la prensa contra las resoluciones de algunos jueces, aseguró que el nuevo Código Penal hace recaer sobre los magistrados la "carga" de tener que ejercer accioes judiciales contra quienes les calumnian, por lo que en la mayoría de los casos "se diluye el efecto sancionador de tales deleznables actuaciones".
"El CGPJ quiere hacer patente la gran preocupación y el enorme desazón que al Consejo le viene produciendo la reiterada campaña de gratuíto desprestigio y de graves injurias por delito de calumnia de que están siendo objeto, en el ejercicio de sus funciones, los jueces y magistrados con el consiguiente deterioro que ello conlleva pra el Poder Judicial de Estado y para su independencia", afirmó Varela.
Destacó la "gravedad" de ciertas acusaciones que han aparecido en los últimos días en relación con determinadas actuaciones judiciales en procesos de gran resonancia social.
"No se puede imputar delitos sin acudir a la vía penal correspondiente", continúo el portavoz del CGPJ, que subrayó que el máximo órgano de los jueces "no cercerará jamás" el derecho de crítica e información sobre la Justicia, pero "exige con absoluta contundencia" que esto se ealice con la corrección debida.
DELITO DE DESACATO
El antiguo Código Penal, en su artículo 240, establecía que "cometen desacato los que, hallándose un ministro o una autoridad en el ejercicio de sus funciones o con ocasión de ellas, los calumniaren, injuriaren, insultaren o amenazaren de hecho o de palabra, en su presencia o en escrito que les dirijan".
Mientras este código estuvo vigente, la administración de Justicia podía actuar de oficio contra quienes calumniasen o injuriasen a los juece y magistrados, mientras que en el nuevo Código Penal, al haber excluído de su ámbito determinados tipos de delitos susceptibles de ser perseguidos de oficio (entre los que se encuentra el de desacato), es el calumniado quien tiene que actuar contra los presuntos calumniadores.
Por ello, y según el CGPJ, no sería excesivo postular el restablecimiento de alguna figura penal que permitiera la persecución de conductas ejercidas contra los magistrados. El CGPJ entiende que, cuando los magistrados son injutamente tratados o vilipendiados por resoluciones adoptadas en el ejercicio de su profesión, se atenta contra el prestigio y dignidad del Poder Judicial.
(SERVIMEDIA)
29 Oct 1997
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