Contaminación acústica

El Defensor del Pueblo acusa a Madrid de no controlar el ruido de las terrazas de bares y restaurantes

- Afirma que recibe “cientos de quejas” cada año por esta causa en varias ciudades

MADRID
SERVIMEDIA

El Ayuntamiento de Madrid carece de los “medios necesarios” para supervisar el cumplimiento de la ordenanza municipal sobre las terrazas de bares y restaurantes, lo que repercute en el descanso de los vecinos y en la “habitabilidad” de la ciudad.

El Defensor del Pueblo hace esa consideración en su último informe anual, presentado este lunes por el titular de esta institución, Ángel Gabilondo, a la presidenta del Congreso de los Diputados, Meritxell Batet.

El informe indica que el Defensor del Pueblo recibe “todos los años cientos de quejas por el ruido y las molestias provenientes de los locales de hostelería”. De hecho, es el motivo de queja más frecuente y reiterado de los que se reciben con relación al medio ambiente urbano. La Administración debe garantizar que los locales de hostelería cumplen las exigencias ambientales y las medidas correctoras en materia de ruido que se derivan de la normativa de aplicación y de las autorizaciones concedidas”, añade.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos y el Tribunal Constitucional han sentenciado que las inmisiones ilegítimas y perjudiciales en las viviendas por alguna actividad contaminante conculcan los derechos a la intimidad personal y familiar y a la inviolabilidad del domicilio. Una exposición prolongada a niveles de ruido que superen los umbrales fijados legalmente vulnera el derecho fundamental a la intimidad personal y familiar en el ámbito domiciliario.

Si los niveles de contaminación acústica rebasan los umbrales para evitar un peligro para la salud, puede verse afectado el derecho constitucional a la integridad física, así como los de la, a un medio ambiente adecuado y a una vivienda digna.

En 2022, numerosos ciudadanos, asociaciones y plataformas de varias ciudades, sobre todo Barcelona, Bilbao y Madrid, se dirigieron al Defensor del Pueblo ante la proliferación de terrazas hosteleras debido a “altos niveles de ruido que soportan los vecinos, la invasión del espacio público que conllevan las terrazas, las aglomeraciones de personas y la acumulación de basura y sociedad”, según el informe.

Esas quejas cuestionan la prolongación de las medidas aprobadas a favor de las terrazas durante la pandemia de la covid-19 y que, con demasiada frecuencia, se abusa de las medidas de flexibilización y no se cumplen en los términos regulados hasta el punto de imposibilitar el descanso y el desarrollo de una vida normal en sus domicilios y en el espacio púbico.

MADRID “FRACASA”

La investigación del Defensor del Pueblo es más avanzada en Madrid, puesto que la inició en 2021. Según esta institución, la aplicación de la normativa “fracasa” en el intento de garantizar el descanso y los derechos de los vecinos.

El ayuntamiento dirigido por José Luis Martínez-Almeida envió un informe el año pasado a la institución comandada por Gabilondo, de la cual el Defensor del Pueblo extrae algunas conclusiones.

“La inevitable conclusión fue que el ayuntamiento no había habilitado los medios necesarios para supervisar correctamente el cumplimiento de la ordenanza”, sentencia el Defensor del Pueblo, que añade: “De nada sirve establecer un horario de cierre si este horario no se cumple y, pese a ello, no se produce ninguna consecuencia de las previstas en la norma. Y lo mismo puede predicarse respecto de todas las medidas dirigidas a minimizar las molestias de las terrazas. Las medidas que protegen los derechos de los ciudadanos solo pueden resultar efectivas si la Administración ejerce los mecanismos de control establecidos por el ordenamiento y, singularmente, la potestad sancionadora, destinada a reprender conductas ilícitas y disuadir de su comisión”.

El Defensor del Pueblo subraya al respecto: “Si la Administración Pública decide favorecer la instalación de terrazas para fomentar el desarrollo económico paralelamente debía habilitar los medios que aseguren el cumplimiento de las condiciones impuestas para evitar el ruido y así se garantice la conciliación de los derechos concurrentes. No hacerlo obliga a concluir que la proliferación de terrazas se realiza en detrimento de los derechos constitucionales de los vecinos y de la habitabilidad de la ciudad”.

Por ello, recomienda al Ayuntamiento de Madrid que apruebe un plan de inspecciones programadas y sin previo aviso combinado con inspecciones no previstas para atender las reclamaciones de los vecinos, que tenga nuevos medios para la inspección de terrazas y que desarrolle campañas de concienciación ciudadana para fomentar comportamientos cívicos en esos lugares.

OTRAS CIUDADES

Las investigaciones del Defensor del Pueblo sobre Barcelona y Bilbao están menos avanzadas. El informe indica que las actuaciones para Madrid son “aplicables a situaciones que se producen en muchas otras localidades españolas y reflejan la posición de esta institución”.

Algo similar ocurre con el ruido que se genera en actuaciones callejeras, conciertos, espectáculos u otras convocatorias culturales, festivas y lúdicas en calles, plazas, parques o recintos, que causan “evidentes molestias” a los vecinos que viven en zonas céntricas de las ciudades.

“En la búsqueda de un modelo de ciudad como espacio de convivencia, las administraciones locales han de utilizar criterios de ordenación que logren un equilibrio entre las actividades –económicas, festivas, culturales o lúdicas– y los derechos de los vecinos. Solo una regulación adecuada y la supervisión efectiva del cumplimiento de las condiciones en las que estas actividades deben realizarse evitará que los centros urbanos se conviertan en lugares inhabitables, por la imposibilidad de que los vecinos desarrollen una vida normal, conforme a los derechos que la Constitución les garantiza”, concluye el Defensor del Pueblo.

(SERVIMEDIA)
13 Mar 2023
MGR/mjg