DEFENSA DE LA COMPETENCIA DICE QUE LA SEXTA Y CUATRORESPETARON LA LEY AL REPARTIRSE EL MUNDIAL DE FÚTBOL
- Archiva una denuncia de Antena 3
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El Servicio de Defensa de la Competencia considera que la Sexta y Sogecable, propietaria de Cuatro, respetaron la legislación española y la comunitaria sobre defensa de la competencia al repartirse la retransmisión en abierto del Mundial de Fútbol de Alemania.
Según informó hoy la Sexta en un comunicado, Defensa de la Competencia ha acordado archivar la denuncia que presentó Antena 3 contra el acuerdo que alcanzaron la Sexta y Sogecable para la emisión en España de los partidos de interés general del Campeonato de Alemania.
Defensa de la Competencia considera que el acuerdo no infringe el artículo 7 de la Ley de Defensa de la Competencia, ya que "el efecto final de las conductas de los empresarios fue que, efectivamente, los consumidores pudieron ver en abierto los partidos del Mundial de Fútbol de Alemania 2006 calificados como de interés general, por lo que no se vio perjudicado el interés público".
El pronunciamiento de Competencia explica que los efectos anticompetitivos han sido inexistentes, desde la perspectiva de la oferta, "habida cuenta tanto de la limitada duración del Mundial como de la circunstancia de que tanto la Sexta como Cuatro, son nuevas entrantes en el mercado español de la televisión en abierto", y, desde la perspectiva de la demanda, "los efectos perniciosos sobre los consumidores habrían sido nulos, pues finalmente éstos pudieron disfrutar en abierto de los partidos de interés general".
El Servicio de Defensa de la Competencia pone de manifiesto también que la Sexta no abusó de su posición de dominio en el mercado de los derechos de retransmisión del Mundial al vender a Sogecable los derechos, no en exclusiva, de retransmisión en abierto de los partidos del Mundial de Fútbol calificados como de interés general más las dos semifinales.
Sobre este punto, Defensa de la Competencia afirma que "no consta que en ningún momento Antena 3 TV o algún otro operador de televisión en abierto realizase oferta económica en firme a La Sexta para la adquisición de esos derechos" y que "no hay ningún indicio que apunte a que la Sexta estuviese más interesada en vender los derechos a Cuatro que a otro operador de televisión en abierto. Más aún, la lógica empresarial dicta que su motivación debía ser -como así habría sido- la de sacar el máximo provecho económico de la venta de derechos".
El archivo de la denuncia de Antena 3 TV por parte delServicio de Defensa de la Competencia se suma a la desestimación, en su día,de las medidas cautelares solicitadas por Antena 3 TV y Telecinco ante los Juzgados de lo Mercatil, que concluyeron que "no existía obligación legal de ceder los derechos a través de pública subasta, al estar el titular de los derechos (la Sexta) facultado para cederlos a través de acuerdos particulares".
(SERVIMEDIA)
28 Nov 2006
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