LA DECLARACION DE LA RENTA 1995 SE PODRA HACER POR TELEFONO

MADRID
SERVIMEDIA

La campaña del Impuesto de la Renta correspondiente a 1995, que comienza el próximo 1 de ayo, tendrá como principal novedad que los contribuyentes podrán hacer su declaración por teléfono, según informaron a Servimedia fuentes del Ministerio de Economía y Hacienda.

El sistema establecido por la Agencia Tributaria consiste en que el contribuyente facilita telefónicamente los datos fiscales, que son consignados en el impreso por el personal de Hacienda, quien posteriormente remite la declaración por correo al declarante, para que éste añada los justificantes y las tarjetas identificativas yentregue toda la documentación en las oficinas de Hacienda o las entidades colaboradoras (bancos y cajas).

Con ese fin, la Agencia Estatal de la Administración Tributaria ha habilitado un teléfono (901-22-33-44) en el que funcionarios del Fisco recogerán los datos de los contribuyentes que podrán acogerse a esta modalidad de declaración, que son los que la realizan por el modelo abreviado, sistema que emplearon en la pasada campaña de la renta 5.712.596 personas.

Los beneficiarios de este nuevo sstema de declaración son las personas que sólo obtienen ingresos por rendimientos regulares del trabajo, viviendas no arrendadas, capital mobiliario explícito, intereses de cuentas, depósitos y Letras.

La declaración telefónica de la renta podrá realizarse hasta el 20 de junio si sale a ingresar, y hasta el 1 de julio si es a devolver. El teléfono estará en servicio del 29 de abril al 9 de junio, incluyendo los sábados, domingos y festivos, de 9 a 21 horas. El coste de la llamada será de 175 pesetas ls 10 minutos, tiempo que se considera suficiente para que el contribuyente realice la declaración.

COMO HACERLA

Para rellenar la declaración telefónicamente, el contribuyente informará al funcionario de los datos fiscales precisos para cumplimentar los impresos, como la la certificación anual de rendimientos del trabajo que le haya proporcionado su empresa, y los certificados anuales de rendimientos de cuentas bancarias, dividendos o imposiciones a plazos.

La Agencia Tributaria imprimirá los daos facilitados y remitirá la declaración por correo al contribuyente, para que éste ultime los tramites poniendo sus datos personales y adjuntando los justificantes, antes de entregar los impresos en las oficinas de Hacienda o en las entidades colaboradoras.

Con este nuevo servicio, del que Hacienda informará por carta a los contribuyentes, la Agencia pretende mejorar la atención a los declarantes, y evitar aglomeraciones en las oficinas del Fisco.

Para esto último, la Agencia Tributaria, al igua que en la pasada campaña, habilitará también un teléfono de consulta, en el que también se podrá fijar una cita previa.

(SERVIMEDIA)
24 Abr 1996
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