DEBATEN FORMULAS PARA QUE LOS CONSUMIDORES RECUPEREN PEQUEÑAS CANTIDADES RECLAMADAS SIN TENER QUE IR A JUICIO
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El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y el Ministerio de Sanidad y Consumo debaten desde hoy en un seminario fórmulas jurídicas para que lo consumidores recuperen pequeñas cantidades reclamadas a un establecimiento, empresa de servicios o fabricante, sin necesidad de tener que acudir a los tribunales.
El problema, que todavía no está resuelto en España ni en Europa aunque sí en Estados Unidos, es que los consumidores que sienten que se les ha perjudicado en cantidades muy pequeñas (por ejemplo, el fraude de una gasolinera), no pueden reclamar esas cantidades porque los costes del proceso judicial y el tiempo que dura no compensan al reclmante ni siquiera emocionalmente, porque al cabo de 5 meses el reclamante "se enfría", según manifestó Rafael Fernández Valverde, vocal del CGPJ.
Sin embargo, como el cobro indebido afecta a miles o millones de usuarios, las empresas imputadas pueden haber ingresado ilegalmente cientos o miles de millones y no tener a nadie enfrentado a ellas en el terreno judicial.
La solución podría llegar con la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil que prepara el Gobierno, y que es uno de los temas centraes del seminario, cuyo lema es "Justicia y Protección de los Consumidores".
Para aportar datos sobre la experiencia norteamericana, mañana participará en las sesiones la profesora Janet C. Alexander, de la Universidad de Stanford (EEUU).
Otros asuntos del encuentro, que será clausurado mañana por Enrique Castellón, subsecretario de Sanidad y Consumo, son el acceso de los consumidores a la Justicia, es decir, que las asociaciones de consumidores (que tienen justicia gratuita en España) no tengan qe pagar enormes fianzas para detener determinadas acciones (campañas publicitarias, por ejemplo) y que cuando llegue la sentencia el daño ya esté hecho.
Los participantes estudiarán asimismo la responsabilidad civil de las empresas frente a los consumidores y las condiciones generales de la contratación, que han sido objeto de la Ley 7/98.
(SERVIMEDIA)
29 Oct 1998
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