COSTA DICE QUE EL GOBIERNO NO REBAJAA CON CARACTER GENERAL EL TIPO DE RETENCION DE LOS PROFESIONALES

MADRID
SERVIMEDIA

El secretario de Estado de Hacienda, Juan Costa, señaló hoy en rueda de prensa que el Gobierno acata y toma nota de la decisión del Tribunal Supremo de anular la subida del tipo de retención a profesionales del 15% al 20% en 1998, pero insistió en que este tipo es "adecuado" para los profesionalesno vulnera el principio de capacidad económica ni resulta confiscatorio desde el punto de vista jurídico.

Por ello, Costa dijo que el Ejecutivo no tiene previsto llevar a cabo una reducción con carácter general del tipo de retención para los profesionales, aunque anunció que no descarta estudiar medidas y casos puntuales, como es el caso de los profesionales con ingresos muy bajos, para los que la retención del 20% podría no ser la adecuada.

Explicó que la sentencia del Supremo, en principio, nodebe tener efectos prácticos en 1998, porque los contribuyentes ya han regularizado su situación a través de la presentación de las declaraciones del IRPF y, con carácter general, han pagado el impuesto que realmente les correspondía pagar, mientras que en los casos en los que ha habido un exceso de retención sobre el impuesto final, la Agencia Tributaria tramitará la devolución.

Chozas dijo que en 1999, en la Ley del IRPF está previsto que el tipo de retención para profesionales llegue al 20%, por loque podría plantearse la misma situación que en 1998, aunque sobre ello debería pronunciarse el Tribunal Constitucional al ser una decisión del Parlamento. A su juicio, no debería ocurrir, aunque dijo que "es una decisión de los órganos jurisdiccionales que el Gobierno, en cualquier caso, respetará y acatará".

Según Chozas, el tipo del 20% para los profesionales está basado en razones de equidad, y el objetivo del Gobierno al aumentarlo hasta esa cifra era evitar que hubiera una desproporción tan altaentre lo que pagan los trabajadores españoles a través de las retenciones y lo que pagaban los profesionales, que soportaban un esfuerzo vía retenciones muy inferior al de los trabajadores.

Explicó que en 1996 el tipo nominal pagado por los profesionales en el IRPF fue del 29,11%, y el tipo efectivo (después de desgravaciones) fue del 26,9%. Además, dijo que las rentas de los profesionales sometidas a retención son el 65% de sus ingresos totales.

Chozas añadió que si los ingresos medios que declaaron los profesionales en 1997 son de 4,2 millones de pesetas, y un 65% es la parte sometida a retención, el tipo efectivo medio de retención que paga este colectivo es un 13%, mientras que un trabajador paga el 13% con unos ingresos de sólo dos millones de pesetas aproximadamente.

Por ello, según Chozas, el Gobierno creyó que aumentar la retención de los profesionales del 15 al 20% no era más que reducir una diferencia que le parecía muy importante al Ejecutivo entre lo que pagan los trabajadores y l que pagaban los que realizaban actividades profesionales.

Sobre la decisión del Tribunal Supremo se pronunció hoy también la Organización de Profesionales y Autónomos (OPA), que expresó su satisfacción por la sentencia de este Tribunal. A su juicio, esta sentencia supone una ratificación de las tesis que defiende la OPA en el sentido de que el nivel impositivo que soporta el trabajador por cuenta propia es, "no sólo excesivo, sino también injusto".

(SERVIMEDIA)
28 Jul 1999
NLV