Consumo
Consumo podría sancionar con hasta un millón de euros a “varias” entidades por “desproteger” a los solicitantes de créditos al consumo
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El Ministerio de Consumo ha incoado expediente sancionador a “varias” entidades que otorgan créditos al consumo “incumpliendo" los "deberes legales mínimos" de información a quienes los solicitan y que podrían ser sancionadas con multas de hasta un millón de euros.
Así lo anunció este jueves el departamento de Alberto Garzón en un comunicado en el que precisó que “alguno” de estos expedientes se ha iniciado por traslado del Banco de España y que, tras la “oportuna investigación”, desde el ministerio se advirtió que se están ofreciendo créditos al consumo “en los que se observan prácticas comerciales desleales, en algunos casos abusivas”.
Según la investigación instruida, los consumidores que buscan acceder a este tipo de préstamos "suelen" encontrarse en situación de “vulnerabilidad económica”, por lo que la “falta de transparencia” en las condiciones o su “imposición unilateral” por parte de las entidades prestatarias “agrava su situación”.
Tras puntualizar que, “por primera vez”, la normativa básica en materia de consumo establece que las personas consumidoras “vulnerables” gozan de una “especial atención”, Consumo insistió en que podría llegar a sancionar las infracciones consideradas “muy graves” con multas de hasta un millón de euros.
Ahora se abre un periodo para la instrucción del expediente definitivo y la consecuente resolución por parte de los órganos competentes del Ministerio de Consumo, que recordó que la “falta de información y transparencia” a la hora de conceder este tipo de créditos, así como la “imposición injustificada” de condiciones sobre prestaciones no solicitadas, pueden constituir una infracción tipificada en el artículo 47.1. de la Ley General de Defensa de los Consumidores y Usuarios.
Asimismo, subrayó que “no es legal” la introducción o existencia de cláusulas “abusivas” en los contratos, el envío o suministro, con pretensión de cobro, de bienes o servicios no solicitados o el uso de técnicas de comunicación que requieran el “consentimiento expreso previo o la falta de oposición del consumidor”, ya que, a su entender, “pueden tener graves consecuencias para este”.
(SERVIMEDIA)
19 Oct 2023
MJR/gja