EL CONSEJO DE MINISTROS REMITE A LAS CORTES EL CONVENIO EUROPEO CONTRA LA TRATA DE PERSONAS
- España planteó observaciones sobre Gibraltar en la firma de este acuerdo
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El Consejo de Ministros aprobó hoy la remisión a las Cortes Generales, para su tramitación por el procedimiento de urgencia, del Convenio de 2005 del Consejo de Europa sobre la Lucha contra la Trata de Seres Humanos.
Este convenio persigue como objetivo fundamental prevenir y combatir el tráfico de seres humanos en todas sus formas, tanto a nivel nacional como internacional.
Se basa en el principio fundamental de la protección y promoción de los derechos de las víctimas, que serán asegurados sin discriminación de ningún tipo, teniendo en cuenta que la trata de seres humanos es uno de los problemas más relevantes en la Europa de hoy, ya que conlleva la explotación sexual, el empleo de mano de obra para el trabajo u otros propósitos que constituyen una amenaza contra la sociedad democrática.
El texto del convenio recoge el ámbito de aplicación delprincipio de no discriminación y sus definiciones; aborda la cuestión de la prevención, cooperación y otras medidas, y recoge las medidas para proteger y promover los derechos de las víctimas, garantizando la igualdad de género.
Asimismo, elabora las normas de derecho penal sustantivo; trata las normas de derecho procesal y de protección de víctimas y testigos en el proceso y dicta las normas de cooperación internacional.
Ante la eventualidad de que el Reino Unido proceda a extender el convenio al territorio de Gibraltar y de que pudieran producirse comunicaciones con las autoridades del Peñón, el Gobierno subrayó hoy en una declaración que "Gibraltar es un territorio no autónomo de cuyas relaciones exteriores es responsable el Reino Unido y que está sometido a un proceso de descolonización de acuerdo con las decisiones y resoluciones pertinentes de la Asamblea General de Naciones Unidas".
"Las autoridades de Gibraltar", añade, "tienen un carácter local y ejercen competencias exclusivamente internas que tienen su origen y fundamento en la distribución y atribución de competencias efectuadas por el Reino Unido, de conformidad con lo previsto en su legislación interna, en su condición de Estado soberano del que depende el citado territorio no autónomo".
El Gobierno agrega que, en consecuencia, "la eventual participación de las autoridades gibraltareñas en la aplicación del presente Convenio se entenderá realizada exclusivamente en el marco de las competencias internas de Gibraltar y no podrá considerarse que produce cambio alguno respecto de lo previsto en los dos párrafos precedentes.
(SERVIMEDIA)
24 Oct 2008
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