MADRID

LA CONSEJERÍA DE SANIDAD RECUERDA LA IMPORTANCIA DE NO EXPONERSE AL SOL DURANTE MUCHO TIEMPO

- Ante la apertura de algunas piscinas madrileñas este fin de semana

MADRID
SERVIMEDIA

La Consejería de Sanidad y Consumo de la Comunidad de Madrid ha elaborado una serie de recomendaciones para evitar accidentes en las piscinas (como que vigilen a los menores y que no tomen demasiado tiempo el sol), que, en el caso de las adscritas al Instituto Madrileño del Deporte, el Esparcimiento y la Recreación (IMDES), abren al público este fin de semana.

En concreto, la consejería solicita a los bañistas queelijan la piscina en función de su profundidad y en especial, que vigilen a los menores, evitando que se acerquen solos a los bordes.

La Dirección General de Salud Pública y Alimentación recomendó también evitar entrar de golpe en el agua para que no se produzcan cambios bruscos de temperatura corporal y accidentes. Igualmente, respetar los tiempos de digestión y elegir el tramo de la piscina adecuado en función de su profundidad.

Del mismo modo, recordó la importancia de no exponerse largamente al sol y de evitar caminar descalzo, así como de no hacer piruetas, lanzamientos o saltos en los bordes de la piscina.

Asimismo, subrayó que todas las piscinas de uso colectivo, públicas y privadas, incluidas las de comunidades de vecinos de más de 30 viviendas, deben disponer de un servicio de socorrista, tal como recoge el Decreto 80/1998, de 14 de mayo que regula las condiciones higiénico-sanitarias de las piscinas de uso colectivo.

Para poder ejercer su actividad, los socorristas han de estar inscritos en el Registro de profesionales de la Agencia Laín Entralgo, donde hay registrados actualmente un total de 6.613.

Los socorristas deben permanecer en las instalaciones durante todo el tiempo de su funcionamiento y su número ha de ser de un mínimo de uno para 500 metros cuadrados de lámina de agua; dos, entre 500 y 1.000 metros cuadrados, y, a partir de cada 1.000 metros, un socorrista más.

Además las piscinas deben tener elementos de apoyo de rescate como salvavidas, como mínimo dos ubicados en lugares visibles y de fácil acceso.

Las piscinas que en su conjunto sumen entre 500 y 1.000 metros cuadrados de superficie de agua deben contar con la presencia de enfermería y, a partir de 1.000 metros cuadrados han disponer de médico.

Los responsables de las piscinas tienen que vigilar, además, la calidad del agua y de las instalaciones, siendo los ayuntamientos los competentes, por razón de territorio, en materia de autorización, inspección y ejercicio de la potestad sancionadora de las piscinas.

(SERVIMEDIA)
27 Mayo 2006
IGA