CANTABRIA

CONDENAN AL SERVICIO DE SALUD A PAGAR 93.000 EUROS A LA VIUDA DE UN PACIENTE QUE ESTUVO EN CHERNÓBIL

MADRID/SANTANDER
SERVIMEDIA

El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha condenado al Servicio Cántabro de Salud (SCS) a pagar una indemnización de más de 93.000 euros a la viuda de un paciente que fue científico en Chernóbil y al que le fue diagnosticado tardíamente un cáncer de pulmón, según informó hoy la asociación El Defensor del Paciente, que ha tramitado la denuncia.

De acuerdo con la citada asociación, el paciente, de 55 años, acudió al Hospital Marqués de Valdecilla de Santander el 30 de abril de 2004 indicando una pérdida acusada de peso en los últimos dos meses, además de la aparición de edema en cuello y cara, y con ingurgitación venosa. El paciente refirió ser fumador y haber estado expuesto a radiación en Chernóbil por motivos profesionales.

La impresión diagnóstica en un primer momento fue de "síndrome de vena cava superior" y el paciente fue derivado al Servicio de Medicina Interna, donde acudió a consulta durante un año, con empeoramiento de su estado general y agudización de los síntomas iniciales, sufriendo dos episodios de pérdida de consciencia.

Sin embargo, la sentencia indica que no se realizaron pruebas diagnósticas complementarias para descartar o confirmar esta impresión diagnóstica, según informa El Defensor del Paciente, como una TAC (tomografía axial computarizada), única prueba que hubiese servido para apreciar el "síndrome de cava superior", o una broncoscopia en lugar de la radiografía simple.

Según la asociación El Defensor del Paciente, la relación entre el "síndrome de vena cava superior" y el carcinoma de pulmón es muy frecuente, dato que no se tuvo en consideración, además de otros que figuran en la historia clínica del paciente, como la exposición a radiación durante su estancia en Chernóbil, tabaquismo, pérdida de peso, pérdidas de consciencia, síncopes, edema en cuello e ingurgitación yugular.

Hasta agosto de 2005, cuando el paciente acudió al Hospital Puerta de Hierro de Madrid en busca de una segunda opinión clínica, no le fue diagnosticada la enfermedad que sufría, un carcinoma de pulmón con síndrome de vena cava, que le fue descubierto en la primera y única visita y reconocimiento médico mediante la realización de una radiografía simple de tórax cuyos resultados condicionaron la realización de TAC y broncoscopio.

El paciente falleció apenas 6 meses después, en diciembre de 2005, por la ausencia absoluta de tratamiento, a juicio de El Defensor del Paciente, que considera que si se hubiera diagnosticado la enfermedad cuando el acudió la primera vez al Hospital Marqués de Valdecilla, hubiera podido tratarse de manera oportuna, permitiendo si no su sanación, cuando menos una mejoría de su estado y calidad de vida.

Según esta asociación, todo ello lleva al tribunal a concluir la existencia de una mala praxis por parte del Servicio Cántabro de Salud, al no haber realizado las pruebas diagnósticas complementarias necesarias ante los síntomas, antecedentes y manifestaciones del paciente.

(SERVIMEDIA)
01 Abr 2009
CAA