CONDENADAS A UN AÑO LAS DOS ENFERMERAS QUE DIERON UN YOGUR A UN NIÑO ALERGICO A LA LECHE

MADRID
SERVIMEDIA

La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a un año de cárcel a cada una de las dos enfermeras del Hospital La Paz, de Madrid, que el 24 de noviembre de 1986 dieron un yogur al niño de 2 años Eduardo Aguero que falleció diez minutos más tarde al ser alérgico a los productos lácteos.

El tribunal considera que la auxiliar de clínica Amalia Sancho y la enfermera Natividad Román, ninguna de las cuales tendrá que cumplir la pena al no tener antecedentes penales, incurrieron en un delito de imprudencia temeraria con resultado de muerte. La primera de ellas fue la que dio al pequeño el "petit suisse" que le provocó la muerte.

Eduardo Aguero, que había sido ingresado en el hospital dos días antes aquejado e bronquitis, padecía una "alergia intensa" a la leche de vaca y sus derivados.

Esta circunstancia era conocida por las dos condenadas, según la sentencia hecha pública hoy, ya que, además de constar en el historial clínico del paciente, en la propia cuna del niño se encontraba "desde la mañana de ese día la hoja diaria de servicio, visible para todo aquel que se acercara a la cuna, en la que constaba subrayado en rojo 'alérgico a la leche y sus derivados'".

La sentencia añade que Natividad Román"omitió el deber de vigilar la administración de los alimentos que podía ingerir el niño en atención a la alergia que tenía (...) lo que motivó que Amalia Sancho Sánchez diera al niño de merienda un queso, derivado lácteo, conocido comercialmente como 'petit suisse'".

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial ha estimado que tanto Natividad Román como Amalia Sancho son responsables del delito de imprudencia temeraria con resultado de muerte, pese a que la defensa de la primera de ellas quiso exculpa, durante la celebración de la vista oral, la responsabilidad de su cliente por encontrarse como única enfermera con 16 niños que cuidar, cuando "el servicio mínimo de guardia para ese departamento era de dos ATS".

En el dictamen emitido hoy se condena también a Natividad Román y a Amalia Sancho a que indemnicen conjunta y solidariamente a los padres de Eduardo Aguero con 15 millones de pesetas, siendo responsable civil subsidiario el Instituto Nacional de la Salud (Insalud).

(SERVIMEDIA)
11 Mar 1991
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