COMPETENCIA MULTA CON 400.000 EUROS A LA ASOCIACION DE FABRICANTES DE CARTON ONDULADO
- Obligaban a comprar las máquinas de montaje a un determinado fabricante, Cartisa, también multado con 200.000 euros
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El Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC) ha multado con un total de 400.000 euros a la Asociación Española de Fabricantes de Cartón Ondulado (AFCO) por obligar a los industriales a comprar las máquinas de montaje a un determinado fabricante, Cartonajes Internacional (Cartisa), o a empresas seleccionadas por él.
La obligación adoptaba la forma de un acuerdo de estandarización, llamado "Sello de Calidad Plaform", que prohibía la fabricación o comercialización de productos no sometidos a sus normas de calidad y obligaba a adquirir las máquinas de montaje a Cartisa o a empresas seleccionadas por ella.
Tras la denuncia presentada por Ondupack ante el Servicio de Defensa de la Competencia el 21 de noviembre de 2000, el TDC declaró la caducidad del expediente por haberse superado el plazo máximo de duración. El 20 de marzo de 2003, Ondupack presentó una nueva denuncia contra AFCO y Cartisa, y el 12 de marzo de 2004 el Servicio entregó al Tribunal el expediente.
El acuerdo de estandarización conocido como "Sello de Calidad Plaform" establecido por AFCO prohibía la fabricación o comercialización de embalajes no sometidos a las normas de calidad u obligaba al cese de la fabricación o comercialización de estos productos; obligaba a la entrada en AFCO y a la suscripción de un contrato de sublicencia para acceder al Sello de Calidad e impidía que pudieran utilizarlo otras marcas o modelos que cumplan las condiciones objetivas exigidas.
Además, AFCO y Cartisa son también responsables de la inclusión de anexos en los contratos de sublicencia porque, de acuerdo con la cláusula segunda 2.2 del contrato, el modelo de contrato de sublicencia no podía ser modificado sin la previa aprobación de Cartisa.
El TDC ha resuelto que estas conductas constituyen una infracción del artículo 1.1 de la Ley de Defensa de la Competencia y considera responsable de la misma a AFCO, en cuyas asambleas generales se aprobaron las mencionadas prácticas.
Por ello, el Tribunal ha impuesto a AFCO y a Cartisa una sanción a cada una de 200.000 euros. Además, ha acordado imponer a AFCO otra sanción de 200.000 euros.
(SERVIMEDIA)
14 Mar 2005
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