Competencia
La CNMC avala el cambio de nombre del Consejo de Ingenieros Agrícolas
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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha dado su visto bueno al proyecto de real decreto por el que el Consejo General de Colegios Oficiales de Ingenieros Técnicos Agrícolas y Peritos Agrícolas de España pasará a denominarse Consejo General de Colegios Oficiales de Ingenieros Técnicos Agrícolas y Graduados en Ingeniería Agrícola de España.
La denominación de un colegio profesional puede presentar implicaciones para la competencia; en especial, cuando la regulación de una profesión concreta no establece que sea obligatorio colegiarse para ejercerla. Según la CNMC, existe un riesgo de que las corporaciones profesionales creadas puedan otorgar al colegio la exclusividad de la representación institucional y a los colegiados la exclusividad de utilizar la propia denominación.
En el caso de este decreto, la profesión de Ingeniero Técnico Agrícola está sujeta obligatoriamente a colegiación, aunque a la espera de una norma con rango de ley que establezca las profesiones con colegiación obligatoria.
La CNMC ha insistido desde hace varios años en que el sector de colegios y servicios profesionales necesita una reforma urgente y omnicomprensiva, que incluya la revisión de las reservas de actividad o la obligatoriedad de colegiación.
En cuanto a la incorporación del título de Graduado a la denominación del Consejo General, el regulador cree que podrá ofrecer mayor seguridad jurídica a los graduados dentro del proceso de adaptación al Espacio Europeo de Educación Superior.
"Los requisitos que marca la normativa para un cambio de denominación se cumplen razonadamente y se valora que la denominación sea lo suficientemente omnicomprensiva como para incluir a los diferentes títulos de Grado creados o que puedan crearse por diferentes universidades españolas", señala Competencia en un comunicado.
Este informe se emite a solicitud del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 5.2 de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
(SERVIMEDIA)
26 Oct 2023
JRN/gja