EL CNI UNIFICA EL RÉGIME PROFESIONAL DE SUS MIEMBROS, YA SEAN MILITARES O CIVILES
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El Consejo de Ministros aprobó hoy un real decreto por el que se establece un régimen profesional, retributivo y disciplinario único para todos los miembros del Centro Nacional de Inteligencia (CNI), con independencia de su procedencia civil o militar.
La nueva norma establece un régimen de personal propio y específico del Centro, consecuente con su carácter de organismo público autónomo, que es único para tods sus miembros, en el ámbito profesional, retributivo y disciplinario, con independencia de la procedencia civil o militar de los mismos, y que responde plenamente a la particularidad evidente de los cometidos que realiza dicho personal y de las condiciones en que desarrolla su actividad, según informó el Ejecutivo.
Las competencias para la gestión de este régimen de personal las tendrá ahora el propio centro, en la persona del secretario general del CNI, y, para los aspectos de mayor trascendencia, e el director general del Centro o en el ministro de Defensa.
Entre las novedades de esta reforma se encuentra el establecimiento de la figura del personal estatutario en prácticas y la regulación normativa de la Escuela de Formación del CNI.
También se adelanta el período inicial en que se puede comunicar al personal temporal su consideración de no idóneo para integrarse de forma permanente en el Centro, se limita la posibilidad de promoción interna al personal permanente con antigüedad mínima enel Centro de cinco años y se incluye en las retribuciones complementarias un componente de zona conflictiva y un componente singular vinculado a la experiencia, responsabilidad y dedicación.
La mejora de la protección y respaldo del CNI en la actuación regular de sus miembros, con cobertura de todos los gastos de defensa judicial y responsabilidades civiles, la posibilidad de encomendar tareas o misiones esporádicas al personal en situación de reserva y la exclusión explícita de la prolongación voluntria del servicio activo más allá de la edad de jubilación vigente en la Administración del Estado son otras de las novedades.
Además, se regulan también las peculiaridades del personal laboral que contrata el Centro, ajeno a las funciones de inteligencia.
(SERVIMEDIA)
27 Feb 2004
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