EL CGPJ DICE QUE NO PUEDE PROBAR QUE GARZON ROMPIESE EL SECRETO DE CAUSAS QUE INSTRUYE Y ARCHIVA EL EXPEDIENTE QUE LE ABRIO

- L Comisión Disciplinaria le investigó por revelaciones contenidas en el libro que Pilar Urbano escribió sobre él

MADRID
SERVIMEDIA

La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) considera que aunque hay "evidencias" de que no se ha respetado el secreto de determinadas actuaciones tramitadas en el Juzgado Central de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional, dirigido por Baltasar Garzón, lo cierto es que no ha podido probarse que el mencionado magistrado fuese el ator de tal falta.

De esta manera, la Comisión Disciplinaria del CGPJ decidió hoy por unanimidad archivar el expediente abierto al mencionado juez por dos supuestas faltas, una de revelación de secreto y otra de desconsideración hacia el Ministerio Fiscal, debido a las revelaciones contenidas en el libro "Garzón: El hombre que veía amanecer", de la periodista Pilar Urbano.

En una nota hecha pública esta noche, la Comisión Disciplinaria señala que archiva el expediente abierto a Garzón "pese a las videncias de haberse producido graves quiebras del deber de guardar secretos en actuaciones tramitadas por el Juzgado Central de Intrucción número 5 de la Audiencia Nacional, contenidas en el libro" de Pilar Urbano.

Asimismo, añade que aunque el "exhaustivo" informe del Servicio de Inspección del CGPJ puso de relieve tales evidencias, "sin embargo, en el limitado ámbito de una actuación administrativa disciplinaria, las pruebas practicadas no han logrado acreditar suficientemente la autoría de tales ifracciones por parte del juez expedientado", Baltasar Garzón.

La Comisión Disciplinaria abrió un expediente a Garzón, el pasado 12 de febrero, a propuesta del Servicio de Inspección del CGPJ, para quien era necesario averiguar si el titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional había cometido una falta grave o muy grave

Las faltas disciplinarias muy graves están castigadas con sanción de traslado forzoso, suspensión de hasta tres años o separación el servicio; las gaves están penadas con multa de entre 50.000 y 500.000 pesetas; y las leves con una advertencia o con una multa de hasta 50.000 pesetas, o con ambas.

Sin embargo, la Comisión Disciplinaria ha decidido archivar el caso, tal y como propusieron el instructor del expediente, el magistrado de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo Luis Ramón Martínez Garrido y el Ministerio Fiscal,

La intervención del CGPJ contra Garzón se produjo a petición de la Sala de Gobierno de la Audiencia Nacional reunida e pasado 11 de diciembre de 2000.

En dicha reunión, la Sala de Gobierno acordó remitir al CGPJ un escrito en el que se sumaba al reproche que el CGPJ dedicó a los socialistas Juan Carlos Rodríguez Ibarra y Alfonso Guerra, por decir que la Audiencia Nacional era un "nido de prevaricadores" y una "cueva de serpientes".

Asimismo, en dicho escrito la Sala de Gobierno de la Audiencia Nacional hacía constar que tales manifestaciones se hicieron en relación al libro y dejaba en manos del máximo órgano degobierno de jueces y magistrados la evaluación de las revelaciones contenidas en el texto de Pilar Urbano.

Tras recibir el escrito de la Audiencia Nacional, el CGPJ decidió, ese mismo mes, abrir las diligencias informativas que hicieron que el Servicio de Inspección propusiera que se expedientase a Garzón.

(SERVIMEDIA)
18 Abr 2001
VBR