EL CES CREE QUE EL FONDO DE COHESION SANITARIA TIENE UN PAPEL LIMITADO EN LA EQUIDAD ENTRE CCA

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo Económico y Social (CES) estima que el Fondo de Cohesión Sanitaria, que garantizará el derecho de los españoles a recibir atención sanitaria en cualquier punto del Estado, desempeña un papel limitado en la equidad interterritorial, "al ser una pieza accesoria del nuevo modelo de financiación de las Comunidades Autónomas".

En el dictamen emitido hoy, el CES cree que por esta razón no es posible valorar su contribución a dicho objetivo de forma aislada, sin como parte del nuevo modelo de financiación, "de cuyo desarrollo, en su conjunto, depende en buena medida la equidad territorial y sobre el que el CES no tuvo oportunidad de pronunciarse".

Pese a ello, este organismo comparte la necesidad de avanzar en la obligación de los poderes públicos de garantizar la equidad en el acceso a los servicios sanitarios y en la cooperación entre los Servicios de Salud que componen el Sistema Nacional de Salud.

El informe considera desproporcionado establecer com una de las finalidades del fondo la garantía de la igualdad de acceso a los servicios sanitarios públicos en todo el territorio español, "dadas las limitaciones que el propio proyecto establece a lo largo del articulado de este instrumento de compensación".

Estima conveniente que la alusión que en el proyecto de real decreto se hace a la "eficiencia o equidad", como criterios justificativos de los desplazamientos, se sustituya por "eficiencia y equidad", ya que esta expresión, a diferencia de la primra, admite que concurran ambas circunstancias a la vez.

El CES considera que, dado que la plena descentralización de la gestión sanitaria culminada el pasado año no implica la autosuficiencia de cada Servicio de Salud para dar todos los tratamientos posibles, la disparidad de necesidades y recursos requiere un reforzamiento de la cooperación entre los Servicios de Salud en todos los ámbitos, "pero especialmente en la gestión de los procesos financiados con cargo al Fondo de Cohesión".

AUMENTO DE LA OORDINACION

Por ello, el CES entiende que debería contemplarse en algún momento del procedimiento regulado en el Real Decreto la coordinación entre la Comunidad Autónoma de origen y la Comunidad Autónoma receptora de pacientes.

En este sentido, debería añadirse al inciso "con autorización expresa de la Comunidad Autónoma de origen", la expresión "y en coordinación con la Comunidad Autónoma de recepción".

El dictamen apunta que la actualización anual del coste de los procesos, que el proyectovincula al IPC o el deflactor del consumo final de los hogares, debería ajustarse a la evolución de costes de la innovación científico-teconológica que se vaya incorporando en cada proceso particular.

También recomienda establecer un sistema de explotación de datos sobre flujos de pacientes entre Comunidades Autónomas, que no se limite sólo al formulario cumplimentado por las comunidades de origen y destino de los desplazado.

(SERVIMEDIA)
06 Nov 2002
EBJ