DIÁLOGO SOCIAL

CEOE PROPONE RECUPERAR LOS EXCEDENTES DE LA SEGURIDAD SOCIAL DESDE 2002 Y PAGAR LA REBAJA DE COTIZACIONES

MADRID
SERVIMEDIA

La patronal CEOE propone en el texto enviado a última hora de la tarde de hoy a sindicatos y Gobierno recuperar los excedentes registrados en la Seguridad Social desde el año 2002 para sufragar la rebaja de las cotizaciones sociales.

Según el texto, al que tuvo acceso Servimedia, los empresarios consideran que con esta medida se podría recaudar hasta 15.302,9 millones de euros, lo que permitiría una rebaja de más de seis puntos en las cotizaciones.

Los empresarios apuestan por recuperar el exceso de financiación empresarial por complementos de mínimos en los últimos siete años, que cifran en 3.999,3 millones de euros.

Además, afirma que, si se aplicasen la separación de fuentes prevista en el Pacto de Toledo para las bonificaciones por contratación aplicadas desde el año 2006, se podrían recuperar otros 2.908 millones de euros en 2009.

A esto se sumarían los 3.800 millones de euros adscritos al Fondo de Prevención y los 4.595,6 millones de dotación del Fondo de Garantía Salarial. Para la patronal, estas dotaciones se han conseguido "por exceso de cotización de accidentes de trabajo y de garantía de salarios".

Para la patronal, un punto de reducción de las cotizaciones supone un recorte de ingresos para la Seguridad Social que no alcanza los 2.500 millones de euros, frente a los 3.000 que calcula el Gobierno. Los empresarios reclaman además la necesidad de reducir en 5 puntos el Impuesto de Sociedades durante 3 años para las empresas con menos de 25 trabajadores y un volumen de ventas inferior a los 5 millones de euros.

En cuanto a los expedientes de regulación de empleo (ERE), CEOE asegura que las bonificaciones a los procesos temporales han tenido un efecto "francamente positivo", por lo que propone incrementar estas ayudas hasta alcanzar el 100% de las cotizaciones empresariales durante un máximo de 240 días.

También apuesta por suprimir la obligación del pago de la prestación por incapacidad temporal por enfermedad entre el cuarto y el decimoquinto día, como ocurría antes del año 1992.

(SERVIMEDIA)
23 Jul 2009
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