CATALUÑA CAMBIA LA LEY DE LA OFICINA ANTI-FRAUDE PARA QUE EL DIRECTOR PUEDA SER ELEGIDO EN DOBLE VOTACIÓN
- Este es el sistema previsto en la elección de otros cargos de relevancia institucional
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El Gobierno catalán acordó hoy modificar la Ley de la Oficina Antifraude de Cataluña para que permita un sistema de doble votación para la elección de su director en el supuesto de que el nombramiento no sea posible por carencia de la mayoría de las tres quintas partes del Parlamento.
La modificación establece que, en el mismo Pleno, se pueda producir una segunda votación en que se requerirá la mayoría absoluta de los miembros del Parlamento para hacer efectiva su elección, según informó hoy la Generalitat.
Este procedimiento, por el cual el Gobierno regional aprobó hoy el Proyecto de ley de modificación de la Ley de la Oficina Antifraude, "es lo que ya está previsto para la elección de otros cargos de relevancia institucional cómo es el caso del Síndic de Greuges (defensor del pueblo catalán) o el Síndic mayor de la Sindicatura de Cuentas", añaden.
De la misma manera, el procedimiento por el cese en caso de negligencia notoria y grave en el cumplimiento de sus obligaciones y los deberes de su cargo, es el mismo que se establece por el nombramiento.
La Oficina Antifraude es el órgano que tiene como finalidad prevenir e investigar casos de uso y destino ilegales de fondos públicos o cualquier otro aprovechamiento irregular en las administraciones públicas catalanas.
La Ley de su creación fue aprobada por el Parlamento el 5 de noviembre pasado.
(SERVIMEDIA)
21 Abr 2009
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