"CASO BULTO". ABSUELTOS LOS TRES ACUSADS DEL ASESINATO POR FALTA DE PRUEBAS
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La Audiencia Nacional ha absuelto por falta de pruebas a los tres independentistas catalanes acusados de asesinar al industrial Josep Maria Bultó en 1977, adosándole una bomba al pecho. Los tres fueron condenados en 1982 por estos hechos, pero la sentencia fue anulada.
En una sentencia difundida hoy, la sección primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional considera que no está probado que participaran en el asesinato lostres procesados, Antoni Messeguer, Xavier Barberà y Ferrán Jabardo.
Los hechos ocurrieron el 9 de mayo de 1977, cuando cinco desconocidos entraron en la vivienda de un cuñado de Bultó donde éste se encontraba y colocaron un artefacto explosivo al industrial, que dijeron que desactivarían a cambio de 500 millones de pesetas. Sin embargo, la bomba, adosada al pecho con esparadrapo, estalló poco después causando la muerte a Bultó.
Durante el juicio, celebrado el pasado 28 de septiembre, el fiscal piió un total de 42 años de cárcel para Messeguer por sendos delitos de asesinato, depósito de armas de guerra y tenencia de explosivos, y 36 años y 3 meses para Barberà por asesinato, tenencia ilícita de armas y falsificación de DNI.
Asimismo, solicitó un total de 6 años de prisión para Jabardo por colaboración con la banda armada "Ejército Popular Catalán", al que los dos primeros pertenecían.
Sin embargo, la Audiencia estima que no está probado que los tres procesados participasen en el atentado ya que, a su juicio, no existen pruebas que lo demuestren, y considera que tampoco son culpables de los delitos de tenencia de explosivos y de armas, ya que las halladas en sendos 'zulos' gracias a las declaraciones de Messeguer y Barberà no estaban en condiciones de funcionar.
Messeguer y Barberà habían sido condenados a 36 años de prisión y Jabardo a 12 en un primer juicio que se celebró en 1982, pero en 1990 la Audiencia Nacional suspendió las penas, después de que el Tribunal de Estraburgo considrara que el Estado español no fue equitativo en dicho juicio.
Sin embargo, el Tribunal Supremo ordenó posteriormente el ingreso en prisión de los tres independentistas, decisión que fue recurrida por la defensa ante el Tribunal Constitucional, que decretó en diciembre de 1991 la repetición del juicio, fijándolo para el pasado mes de abril.
En esta ocasión, la vista tampoco pudo celebrarse porque Barberá recusó al presidente del tribunal, el magistrado Siro García, argumentando que no reunía el reuisito de imparcialidad, ya que tenía una idea preconcebida por haber condenado en 1980 a un dirigente independentista histórico. Esta recusación fue desestimada y finalmente el juicio se celebró el pasado 28 de septiembre.
(SERVIMEDIA)
03 Nov 1993
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